La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró al Estado ecuatoriano responsable de la violación de los derechos de libertad personal y a las garantías jurisdiccionales de Ramón Carranza Alarcón, quien en 1994 fue detenido por un comisario de la Policía Rural en Guayas, que lo declaró prófugo, por un episodio en el que un hombre perdió la vida.

Carranza fue colocado en prisión preventiva y esa condición se mantuvo por cuatro años, pese a que negó su vinculación con los hechos.

El Tribunal de la Corte señaló que “la privación preventiva de la libertad de Carranza duró lo mismo que el proceso penal seguido en su contra”.

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Que no hubo una revisión de la procedencia de la prisión preventiva, pese a que solicitó su libertad en septiembre de 1995. Esto hizo que la medida se mantuviera “en forma arbitraria”, cita la sentencia.

De esta forma, la Corte concluyó que se lo mantuvo privado de su libertad preventivamente de forma injustificada, lo que equivale a una pena anticipada, lo que es contrario a la presunción de inocencia.

Después de 25 años de ocurrido el caso, el Estado ecuatoriano fue condenado a publicar este fallo de la Corte en un Diario oficial y a pagar una indemnización de $25 000 por daño inmaterial y otros $10 000 por costos y gastos, que deberán cancelarse en un año. (I)