El Tribunal de Garantías Penales de Durán negó este martes, por improcedente, el pedido de suspensión condicional de la pena solicitado por tres de los procesados dentro del caso de lavado de activos en el que fue sentenciado el exministro Iván Espinel.

La resolución fue anunciada luego de que el tribunal escuchara en la mañana, por más de dos horas, los argumentos de los abogados de los procesados Juan C. B,, Johanna V. V. y Walter A. M., que fueron sustentados en el artículo 630 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y que, entre otros requisitos, consta el tener una pena privativa de libertad menor de 5 años.

La fiscal Ivonne Proaño dijo que la decisión del tribunal fue unánime por cuanto el lavado de activos está sancionado con una pena de 10 a 13 años.

Publicidad

Este tribunal impuso a los peticionarios el pasado 29 de mayo una pena privativa de libertad de 3 años y 4 meses por haber adecuado su conducta en calidad de cómplices. Mientras que Espinel, en calidad de autor directo, fue sentenciado a 10 años de pena privativa de libertad. (I)