El Servicio de Rentas Internas (SRI) iniciará en las próximas horas la implementación de la ley de Fomento Productivo con la remisión de intereses, multas y recargos, una vez que la normativa fue publicada en el Registro Oficial la tarde de este martes.

Las obligaciones tributarias que se benefician con la remisión son: declaraciones no presentadas o mal presentadas, cuotas del Régimen Impositivo Simplificado (RISE) que es un régimen de inscripción voluntaria que reemplaza el pago del IVA y del Impuesto a la Renta a través de cuotas mensuales, matriculación vehicular y deudas en proceso de cobro (suspendidas por impugnaciones administrativas o judiciales).

No se acogen a remisión: obligaciones pendientes del Impuesto a la Renta del ejercicio fiscal 2017 y obligaciones vencidas después del 2 de abril de 2018.

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Para acogerse a la remisión el contribuyente deberá pagar el capital adeudado y desistir de las impugnaciones administrativas y judiciales. Además, el contribuyente no podrá iniciar acciones legales posteriores sobre las deudas canceladas bajo remisión.

Unos 2 millones y medio de contribuyentes se podrían beneficiar con la remisión tributaria. (I)