La Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos (Dinardap), deberá habilitar en un lapso máximo de 15 días el acceso a la base de datos del Registro Civil y del Consejo Nacional Electoral (CNE) a todas las instituciones públicas, con el fin de que puedan acceder a los datos de la ciudadanía y evitar solicitar requisitos innecesarios.