La Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos (Dinardap), deberá habilitar en un lapso máximo de 15 días el acceso a la base de datos del Registro Civil y del Consejo Nacional Electoral (CNE) a todas las instituciones públicas, con el fin de que puedan acceder a los datos de la ciudadanía y evitar solicitar requisitos innecesarios.

Esto con el objetivo de que todas las instituciones de la Función Ejecutiva eliminen de sus requisitos para realizar trámites o gestiones administrativas la copia de la cédula de identidad y papeleta de votación.

La Secretaría de Comunicación (Supercom) indicó que el decreto 372 prohíbe a todas las entidades que dependan de la Función Ejecutiva "exigir documentos o certificados que sean producidos o se encuentren a cargo de las entidades comprendidas dentro de este ámbito para la realización de trámites o gestiones administrativas". Para ello se recurrirá a los respectivos portales institucionales y de interconexión o de información de registros de datos públicos y acceso a otro tipo de registro de datos públicos de libre acceso a través de internet. (I)