La evaluación de la gestión de los nueve jueces de la Corte Constitucional (CC) entró a su etapa final, una vez que el informe técnico que los investigó se conocerá este lunes en el pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPC) de transición.

El documento se expondrá en una plenaria de este lunes convocada a las 10:00. Luego se "correrá traslado" a cada magistrado para que preparen sus pruebas de descargo, las que serán expuestas en una audiencia pública, como parte de su defensa y del debido proceso.

En el caso de que esta resolución previa (elaborada por un grupo de investigadores), proponga que deben ser cesados anticipadamente en sus cargos, podrán plantear recursos de revisión, y finalmente el CPC decidirá si los destituyen o no.

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El 9 de mayo pasado se anunció el inicio del proceso de evaluación de los jueces, que según la Constitución, no pueden ser sometidos a juicio político por la Asamblea, ni ser removidos por quienes los designaron.

Solo en caso de responsabilidad penal serán acusados por el Fiscal General y juzgados por el pleno de la Corte Nacional de Justicia, para lo que se requerirá el voto de las dos terceras partes. Sin embargo, solo pueden ser destituidos por las dos terceras partes de la misma Corte Constitucional.

Para el consejero transitorio Pablo Dávila, esto es un "blindaje" jurídico; aunque, la misma Carta Política "reconoce que todos los órganos están sometidos a control; y este momento, quien ejerce el control máximo por mandato popular es el Consejo de Participación, y si es que hay una autoridad que está con capacidad e independencia de evaluar a la Corte, somos nosotros", aclaró.

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En contra del trabajo de los miembros de la CC se han presentado 158 denuncias ciudadanas que se mantienen en reserva. A esto se suma que la Fiscalía General investiga a tres de ellos: Roxana Silva, Manuel Viteri y Tatiana Ordeñana, por presunto lavado de activos.

Dávila reconoce que analizar el trabajo de los magistrados de la Corte es "uno de los temas más delicados, sensibles e importantes en el proceso de reinstitucionalización" del Estado.

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La Corte surgió en el 2008 con la Constitución de Montecristi, y según datos expuestos en un informe interno, recibieron 2.117 causas represadas, por los "periodos de acefalía" que vivió el extinto Tribunal Constitucional, entre abril del 2004 y junio del 2007.

Este Diario solicitó el número de causas resueltas por el pleno de la CC, y las que ingresaron a Admisión, pero no hubo respuesta.

Datos divulgados por la institución, únicamente del periodo presidido por Alfredo Ruiz, reflejan que entre el 2013 y 2018, la Sala de Admisión emitió 20. 497 decisiones, de las que, 4.152 fueron admitidas a trámite.

Y, los casos resueltos por el pleno sumarían 4.249, en el mismo periodo.

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Desde su periodo de transición, han transitado 15 jueces. Pero los que enfrentan la evaluación son Alfredo Ruiz, Wendy Molina, Tatiana Ordeñana, Roxana Silva, Manuel Viteri, Pamela Martínez, Francisco Butiná, Marien Segura, y Ruth Seni.

Inconstitucionales enmiendas del 2015

La Corte ha sido uno de los órganos criticados por actores sociales y políticos por las sentencias que han dictado. Y en los últimos meses, a la par de la administración de Lenín Moreno ha dado un giro en sus pronunciamientos. Uno de ellos, fue declarar inconstitucionales doce enmiendas a la Constitución que aprobó el gobierno de Rafael Correa a través de su bloque legislativo, el 3 de diciembre del 2015, y que tuvo el beneplácito de esta misma Corte, que las calificó constitucionales.

A esto se suma que en abril pasado, declaró inconstitucional la eliminación del 40% del aporte del Estado a las pensiones del Seguro Social, así como a las utilidades de los trabajadores. Estas demandas estuvieron en trámite desde el 2015.

Para el legislador, Luis Fernando Torres (PSC), que demandó la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley de Comunicación, "la Corte sirvió de brazo jurídico para legitimar los abusos del gobierno de Rafael Correa. Le dio la razón en todo, y el saldo final es negativo, no han ampliado derechos, sino que los han restringido".

El plazo de seis meses que le otorgó el mandato popular de febrero pasado para que el CPC concluya con la etapa de evaluación fenece el 31 de agosto. Y aún están en espera de evaluación, el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), y la superintendencia de Ordenamiento Territorial. (I) 

Opiniones

José Villavicencio, dirigente del Frente Unitario de Trabajadores (FUT)

Las diferentes demandas de inconstitucionalidad que presentamos desde el 2011, como al Decreto 813 que permitía la compra de renuncias, las enmiendas, no ha habido pronunciamientos. Y hemos dado a conocer sobre las diferentes demandas de inconstitucionalidad y que no ha habido pronunciamientos, cuando hay plazos establecidos. Cuando una institución no se pronuncia y cuando se vulneran derechos humanos, nos ha afectado a la libertad sindical, a la contratación colectiva, que fueron eliminados por el correísmo en diferentes leyes, y este ente no se pronunció por esa violación a los derechos humanos.

Patricio Chávez, organización ambientalista YASUnidos

Denunciamos a la Corte Constitucional porque violó la Constitución al afectar los derechos de las personas que firmaron para que se haga una consulta popular para evitar la explotación del Yasuní ITT (2014). Esta fue la primera institución que violó la Constitución porque cuando presentamos la pregunta para que apruebe o valide la pregunta y la remita al Consejo Nacional Electoral para que nos permita recoger las firmas, no se pronunció. Quiso pronunciarse cuando ya recogimos las firmas, y ahí decirnos si era constitucional o no la pregunta. Y la Constitución no dice eso. Hubo una clarísima violación. En esencia, actuó subyugada al poder Ejecutivo, porque lo que el expresidente Rafael Correa mandaba o decía, era lo que la Corte hacía.

Ana Abril, ciudadana

Denunció a los magistrados de la CC por no haber cumplido con el control "abstracto de constitucionalidad de las normas expedidas por Rafael Correa y varios ministros de Economía desde el 2010", para declarar la inconstitucionalidad de los actos administrativos como la suscripción del Decreto Ejecutivo 1218, y otros acuerdos ministeriales, que permitieron, describe, la contratación, manejo y autorización de la deuda pública.