Debido a que no se cumplía uno de los cuatro requisitos necesarios para aprobar la suspensión condicionada de la pena solicitada por el vicepresidente sin funciones Jorge Glas, dentro del caso por asociación ilícita Odebrecht, el Tribunal Penal de la Corte Nacional de Justicia, presidido por el conjuez Édgar Flores, resolvió negar este recurso.

Para la suspensión condicional de la pena, de la que se habla en el artículo 630 del actual Código Orgánico Integral Penal (COIP), deben concurrir ciertos requisitos: que la pena no exceda de cinco años; que la persona sentenciada no tenga vigente otra sentencia o proceso en curso ni haya sido beneficiada por una salida alternativa en otra causa; que los antecedentes personales, sociales y familiares del sentenciado, así como la modalidad y gravedad de la conducta sean indicativos de que no existe necesidad de la ejecución de la pena; y no procederá en los casos de delitos contra la integridad sexual y reproductiva, violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar.

Flores en su lectura de lo resuelto ratificó la existencia del delito de asociación ilícita y la sentencia a seis años. Esa sanción adoptada por el Tribunal, explicó el conjuez ponente, ya incide en que no se cumple con el requisito del numeral primero del artículo 630 del Coip: que la pena no exceda de cinco años.

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Glas manifestó al término de la audiencia que no guardaban muchas expectativas de que se les conceda el recurso solicitado, pero, indicó, lo habían hecho por seguir avanzando con el debido proceso.

"La intencionalidad es acelerar los tiempos para que este proceso termine en Ecuador y poder acudir a cortes internacionales para pedir que se revise cada una de las ilegalidades que se han cometido en este proceso. (...) En este caso se aplicó un criterio de favorabilidad inverso, es decir, favorable al fiscal y no a la persona que ha sido acusada".

Según Glas, todo esto es cumplir un paso más en la hoja de ruta para tomarse la Vicepresidencia de la República de manera ilegítima. Resaltó que no le extraña para nada la decisión que tomo la Corte Constitucional de dar paso al juicio político, pues, apuntó, todo se lo está haciendo de manera acelerada.

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Tribunal Penal de la CNJ niega pedido dd suspensión condicional de la pena solicitada por Jorge Glas. @eluniversocom pic.twitter.com/rwMWRse8cN

Eduardo Franco Loor, abogado de Glas, realizó su pedido basado en la Constitución que presenta el principio de favorabilidad, quien pidió la suspensión condicional de la ejecución de la pena "con la finalidad de que el vicepresidente de la manera más inmediata pueda recuperar su libertad, porque la pena no excede los 5 años", señaló el abogado del segundo mandatario actualmente sin funciones.

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La justicia de Ecuador condenó el 13 de diciembre pasado a Glas y a otros cuatro procesados a quienes la Fiscalía acusó de haberse asociado de manera ilícita por recibir millonarios sobornos de Odebrecht. (I)