Cuando se realice un matrimonio civil, las parejas nombrarán (de entre ellos) al “administrador de la sociedad conyugal”; mientras que el reclamo de la paternidad o maternidad de una persona será imprescriptible e irrenunciable.
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Cuando se realice un matrimonio civil, las parejas nombrarán (de entre ellos) al “administrador de la sociedad conyugal”; mientras que el reclamo de la paternidad o maternidad de una persona será imprescriptible e irrenunciable.
Cuando se realice un matrimonio civil, las parejas nombrarán (de entre ellos) al “administrador de la sociedad conyugal”; mientras que el reclamo de la paternidad o maternidad de una persona será imprescriptible e irrenunciable.
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Lo más grave de todo es que pareciera que a la corrupción se la considera como un derecho adquirido.
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