Con la aprobación de la Política Nacional de Prevención y el Reglamento para la incautación de bienes por los delitos de terrorismo y lavado de activos, Ecuador busca completar las condiciones para salir de la lista de países no cooperantes en la lucha contra esos delitos del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

Los documentos fueron expedidos por el Directorio del Consejo Nacional contra el Lavado de Activos y el Consejo de la Judicatura (CJ), respectivamente, en el marco del cumplimiento de las exigencias del organismo, que en los últimos años consideró que el país no contaba con una legislación adecuada que combata ese tipo de delitos transnacionales.

El procurador general del Estado, Diego García, espera una nueva evaluación de los avances en la aplicación de la nueva legislación, especialmente del nuevo Código Orgánico Integral Penal (COIP), para febrero próximo, cuando se instale el pleno del GAFI en París.

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Prevé, además, la visita de una delegación del organismo a mediados de este año.

En enero del 2014, el directorio del Consejo Nacional contra el Lavado de Activos aprobó la Política Nacional de Prevención de los delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, texto que fue publicado el pasado 16 de diciembre en el Registro Oficial.

El documento tiene como objetivo crear un sistema eficaz de combate contra los delitos transnacionales, a través de la coordinación de las autoridades de supervisión, de inteligencia, policiales, fiscales y judiciales.

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Esto permitirá identificar las principales amenazas y vulnerabilidades del sistema, crear objetivos y construir acciones para combatir los delitos.

En tanto que el Reglamento para la adopción de medidas cautelares sobre bienes y fondos de los delitos vinculados con el terrorismo y su financiamiento, derivado del COIP, fue aprobado por el Consejo de la Judicatura (CJ) en octubre.

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El documento define la adopción de medidas cautelares, como la inmovilización o prohibición de transferencia, disposición o movimiento de bienes, fondos y demás activos, durante la etapa preprocesal y procesal penal, bajo un mecanismo de congelamiento o hasta que la autoridad resuelva.

Según el fiscal general, Galo Chiriboga, las medidas cautelares en los casos mencionados ya se aplicaban antes de la vigencia del COIP. La Fiscalía las solicitaban a los jueces en procesos de lavado de activos si se requería una acción urgente.

Un ejemplo de ello, dijo, se produjo en el caso de las exportaciones supuestamente irregulares a Venezuela, ahora están retenidos $ 57 millones en el Banco Central del Ecuador.

Chiriboga aclaró, no obstante, que en el país no se ha registrado ninguna acción de terrorismo o su financiamiento.

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Para el vocal del CJ Néstor Arbito, la aprobación del reglamento cumple los convenios internacionales suscritos por el Ecuador. (I)

Somos parte de ese organismo que regula a los países para buscar mecanismos coordinados de lucha contra el crimen organizado ... por tanto, no es una imposición...”.Galo Chiriboga, fiscal general