Una nueva ola de migración ecuatoriana motivada por la inseguridad, la falta de trabajo y la inestabilidad jurídica se enfrenta con una serie de obstáculos, como las autorizaciones para sacar del país a menores de 18 años cuando uno de los padres se opone a dar su consentimiento firmado.

“Sí hay formas de salir con un menor de edad del país sin la autorización firmada por uno de los dos progenitores”, dice la abogada Karen Moreira Aguilar, quien trabaja en casos de familia y niñez. Ella observa que esta problemática la viven, sobre todo, las madres.

Publicidad

“Un mínimo porcentaje de padres no quiere dar permiso al hijo para salir del país porque quiere estar con él, porque lo ama, porque no quiere perderlo, sí hay padres así”, indica. Pero en su experiencia, la mayoría lo hace porque tiene problemas con la madre y esa firma es un instrumento para desquitarse por haber sido demandado por alimentos, por haber estado preso por incumplimiento de la pensión o por no poder salir ellos mismos o no poder enajenar bienes.

Para una madre que quiere viajar de paseo o migrar con sus hijos con sus propios recursos, y que no cuenta con la autorización de un padre ausente o que colabora en lo mínimo posible con la vida y las necesidades del niño, existen alternativas.

Los padres pueden firmar el permiso de salida de los niños de forma voluntaria, o se entablará un juicio y cada cual presentará sus argumentos a favor o en contra. Foto: Shutterstock

“El Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia dice en su artículo 110 que cuando un padre (o madre) no da el permiso de salida, el juez puede reemplazar su firma de salida del país”, explica Moreira.

“Pero ojo, esto no es como ir los dos padres voluntariamente a un notario a firmar un permiso de salida”, que es la primera forma de sacar a un niño legalmente del país, un trámite que puede durar como máximo una hora.

Publicidad

Pero cuando hay oposición, hay que ir al juzgado, y es indispensable tener la representación de un abogado.

“Se trata de solicitar una autorización de salida del país con oposición; es una demanda y habrá un juicio que tiene las mismas etapas que un juicio de alimentos; el padre recibe una citación judicial para explicar por qué no quiere dar el permiso”. Habrá una audiencia, una resolución, y si el juez da el permiso, el niño podrá salir del país. No hay ninguna prohibición legal si el viaje tuviera el propósito de establecerse en ese otro país.

Poner una demanda cada vez que quiera llevar de viaje a su hijo resultaría desgastante, reconoce la abogada Moreira. En ese caso, hay un tercer recurso, que es un juicio de limitación o suspensión de la patria potestad.

“Hablemos del caso en que un padre (o madre) está presente, pero no quiere dar el permiso porque está encaprichado. Ahí se puede poner un juicio de limitación de la patria potestad”. El otro representante legal puede probarle al juez que existe un enfrentamiento cada vez que se pide el permiso, y le pueden limitar la patria potestad, sin suspender sus derechos, solo retirar parte de ellos, y cedérselos a la otra persona.

La otra variante, la suspensión de la patria potestad, consiste en quitar todos los derechos a un padre, para que el otro pueda entrar y salir del país con el niño cuando quiera. Esto incluye sacarle pasaporte y visa, o matricularlo en el colegio de su preferencia, tres trámites que requieren la firma de ambos progenitores.

El juicio de suspensión de la patria potestad permite salir indefinidamente del país con los hijos, pero es un juicio mucho más complejo que el de autorización de salida por fechas específicas. Moreira especifica los detalles.

  1. Se hará una investigación a través de la oficina técnica (psicólogo, trabajador social e incluso médico) para definir si el padre es en verdad ausente.
  2. Se ordenará una investigación judicial por parte de la policía y se pedirán testigos.
  3. Podría convocarse a declarar al niño, si está apto para hablar.

Ninguno de estos juicios es rápido, pero la abogada recomienda encarecidamente seguir estos pasos y cumplir con la ley, por mucha desesperación que se tenga por salir del país.

“Primero, por respeto al padre que sí se hace presente, al menos económicamente, que pasa una pensión acorde a sus ingresos, se debería pedirle el permiso por la notaría”. Pero si se opone, procede el primer juicio si es por un viaje y pensar en el segundo si lo que se desea es salir y volver varias veces.

El juez podría pedir que el niño también declare sobre sus condiciones de vida y su relación con sus padres. Foto: Shutterstock

La abogada lo aconseja así, “porque no hay manera de que en algún puerto migratorio te dejen pasar por la línea fronteriza sin tener una autorización o un documento que te dé los poderes respectivos”.

Adicionalmente, en el caso de una madre que quiere migrar y que se va con una autorización otorgada por un juez, ella sugiere tener paciencia y pedir una suspensión de la patria potestad. “Podrían llevarse al niño con otorgamiento de salida del juez, pero estando allá, para regular su estatus migratorio, la autoridad de ese país te pedirá más documentos firmados por el padre”, y así empezaría una serie de trámites a distancia, señala.

Pruebas a presentar para llegar al niño a un viaje de recreación

Quienes quieran viajar por recreación tendrán un poco más de facilidad. “El juez tiende a autorizar la salida cuando se da cuenta de que es por vacaciones. Para esto, habrá que mostrarle los boletos aéreos de ida y de regreso con un itinerario fijo y con sitio de hospedaje, sea hotel o domicilio de un familiar. “Imagínate que un juez de autorización dé salida sin más, y la madre decida llevárselo por tierra, por la selva o por el desierto, hacer cruzar al niño a pie… El juez necesita al menos unos tiques aéreos, una reserva de hotel o el domicilio donde van a quedarse”, y de ser posible, una carta de invitación que pruebe que el niño no va a sufrir.

¿Por qué tienen ventajas quienes van de paseo? “La Constitución y la Convención de los Derechos del Niño hablan del derecho supremo del niño a la recreación. Ningún papá puede limitar ese derecho. Si la madre prueba que cuenta con los recursos para llevárselo a un parque de diversiones, a un resort o a la playa, el juez va a otorgarle el permiso”, dice Moreira.

Dado que la última palabra es del juez, la abogada reitera la importancia de fundamentar bien la demanda y adjuntar documentos habilidades. Y si usted va a migrar, puede presentar certificados. “Mucha gente en Ecuador está sufriendo amenazas, ya sea de vacunadores, de personas cercanas, o por violencia intrafamiliar, y tienen que irse”. O no tienen trabajo, ninguno de los dos padres, y uno de los dos tiene la oportunidad de irse a trabajar y dar mejores condiciones de vida a los hijos.

Si el juez ve que hay una plaza de trabajo asegurada, familiares viviendo en el país de acogida que van a ser el núcleo del niño, hay más probabilidades que dé la autorización. “Pero todo eso es a través de un juicio, no es de la noche a la mañana, y hay que solicitarlo y argumentar a través de un abogado”.

Una causal frecuente para que el juez decida dar la patria potestad a la madre o al padre que está a cargo del niño es la ausencia injustificada por más de seis meses.

Otras instancias en las que se necesita la firma de los dos padres y que pueden resolverse mediante alguno de los recursos anteriores:

  • Niños que necesitan intervenciones médicas especiales
  • Niños que aplican a un colegio (por lo general privado) que exigen la firma de ambos padres.
  • Niños que aplican al pasaporte o la visa.

En Ecuador hay otro problema social, el abandono. Se da el apellido, pero no se es parte de la vida del niño. Esta causal de ausencia se tiene que comprobar a través de un juicio. Este proceso tendrá todas las instancias ya mencionadas.

La ausencia injustificada no procede si el padre está en coma, hospitalizado, ha sufrido amenazas y está escondiéndose o esté imposibilitado por alguna razón de peso.

En cuanto a los padres que están en prisión, esta también es una ausencia que le da la patria potestad a la madre, presentando la copia de la sentencia. En estos casos, dice la abogada, “el juez tiene la obligación de suspender la patria potestad, porque esa persona con sentencia ha perdido sus derechos civiles, no puede firmar ni celebrar algún acto solemne”. Otras causales (sometidas a pruebas) son que el padre sea maltratador del niño, sea insolvente (no pueda pagar sus deudas), sufra de demencia, de alcoholismo o adicción a sustancias. También pueden constar como pruebas el chantaje económico o las amenazas a la madre.

¿Qué pasa con la responsabilidad de proporcionar alimentos si el padre pierde la patria potestad o autoriza a que el niño migre con la madre y otros familiares? Esta obligación no se suspende. “Incluso si el niño está fuera del país, la madre podrá seguir reclamando alimentos y el papá tendrá que pagarlos”.

Moreira concluye recordando que los alimentos del niño no se negocian, ni siquiera como condición para que uno de los padres le conceda al otro la patria potestad. (I)