Un hombre español de 35 años accederá a una herencia millonaria tras demostrar que es hijo de un empresario, que residía de forma habitual en México y falleció en 2011, después de obtener una prueba de ADN de la saliva de su abuelo, recogida del suelo en la calle por un detective.
Según informó a EFE el abogado del demandante, Fernando Osuna, con bufete en Sevilla, se trata de una demanda presentada en su día tras conocer ese hombre que era hijo del citado empresario, que murió con 65 años, sin que tuviese acceso a la herencia ni fuese reconocido nunca como su hijo biológico.
Su madre tenía su residencia habitual en un municipio de la provincia gallega de Orense (noroeste), mientras que el empresario residía de forma habitual en México, donde desarrollaba buena parte de sus negocios, aunque pasaba en el municipio gallego sus periodos de vacaciones.
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Ambos pertenecían al mismo grupo de amigos, “y la relación fue de menos a más, hasta que se formalizó el noviazgo”, señala Osuna, hasta que ella se dio cuenta de que se había quedado embarazada y se lo comunicó a su pareja. Después de esa conversación “no volvió a saber nada de él”.
Sufrió además el rechazo de la familia de su novio, que la llegó a amenazar con que si una prueba de paternidad demostraba que el niño era de su hijo se lo llevarían a México con ellos, por lo que la mujer decidió ser madre soltera.
Pasados los años, para esclarecer los hechos y obtener una prueba directa que acredite la paternidad, el hijo contrató al bufete sevillano, especializado en demandas de paternidad, y a un despacho de detectives privados, que, tras realizar una serie de indagaciones, controles y seguimientos al presunto abuelo paterno, consiguieron obtener una muestra de saliva, tras escupir en la calle mientras era seguido por los detectives.
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Después de proteger, individualizar, preservar, empaquetar y custodiar la saliva con la preceptiva cadena de custodia, fue enviada al laboratorio, donde se analizó y se obtuvo el ADN, que concluyó la relación biológica entre ambos.
Iniciado el proceso judicial, el juez llamó al abuelo para repetir la prueba de ADN en sede judicial, pero se negó a acudir a la cita, aunque ya hay sentencias del Tribunal Supremo español que sientan jurisprudencia en este asunto y recogen que si se tienen pruebas suficientes, “la negativa del demandado permite al tribunal hacer dicha declaración con plena certeza”.
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De esta forma, el demandante fue declarado oficialmente hijo del empresario, y ahora podrá acceder a la herencia que dejó en su día, mientras que su abuelo fue condenado a pagar las costas del proceso judicial. (I)