En Guayaquil, las denuncias por la falta de insulina volvieron a escalar tras las declaraciones del alcalde Aquiles Alvarez y de la Dirección Municipal de Salud, que aseguran que el Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop) bloqueó el proceso para importar este medicamento pese al déficit que afecta a miles de pacientes diabéticos.
La institución estatal sostiene lo contrario: que sí hay insulina disponible y que el cabildo incumplió requisitos legales.
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Desabastecimiento total en la red municipal
El director general de Salud del Municipio, Juan Carlos González, confirmó que los centros de salud de Guayaquil no cuentan con insulina desde hace meses.
“La última compra se realizó en 2022, con 7.000 unidades. Se consumieron y hemos intentado en varias ocasiones realizar nuevas compras. Como no pertenecemos a la red pública, no podemos hacerlo por catálogo”, explicó.
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González señaló que la escasez no se limita a la red municipal. “Hay un desabastecimiento total de insulina, no solo en nuestros establecimientos. La gente puede encontrarla de manera privada, pagando, pero no tenemos registros de insulina en ninguna institución pública. Incluso la Sociedad de Endocrinología Núcleo del Guayas reconoce que no hay este medicamento”.
Entre enero y noviembre, la red municipal atendió a más de 53.200 pacientes diabéticos. Doce clubes especializados intentan sostener los tratamientos con medicación oral, programas de nutrición y actividad física.
“No es lo ideal para todos. Muchos requieren insulina, pero estas medidas nos permiten mantenerlos controlados en cierta medida”, afirmó.
El proceso de importación y el bloqueo
Frente al desabastecimiento, el Municipio inició un proceso para importar insulina de acción intermedia, la que, según González, más necesitan los pacientes atendidos en la red municipal.
González señaló que la entidad estatal justificó la suspensión con artículos del reglamento que ya no están vigentes, e incluso menciona atribuciones relacionadas con compra de vehículos, algo ajeno al caso.
“Completamos todo el procedimiento. Sin embargo, hemos tenido el bloqueo del Sercop. Citan artículos derogados cuando la normativa actual dice otra cosa. Y nos exigen un permiso sanitario que se obtiene una vez definido el proveedor, no antes“, afirmó González.
La versión del Sercop: cronología y hallazgos
El Sercop, en su respuesta oficial del jueves 27 de noviembre, explicó la línea de tiempo y los resultados de su revisión: la Municipalidad presentó la solicitud el 6 de noviembre mediante el oficio MIMG-DGCP-2025-0319; el 10 de noviembre la solicitud fue asignada a la Dirección de Control de Producción Nacional; y el 24 de noviembre Sercop emitió una respuesta técnica.
Entre los hallazgos, la entidad concluyó que el producto que el Municipio pretendía importar sí existe en el país y que faltó el requisito del registro sanitario emitido por ARCSA, obligatorio para la importación.
Sin embargo, Aquiles Alvarez contradijo esta observación con una captura de pantalla publicada en su cuenta de X, en la que señala que la solicitud sí cuenta con el certificado de registro sanitario emitido por el ARCSA.
Además, Sercop informó que, tras revisar la solicitud presentada por el Municipio, identificó incumplimientos relacionados con el artículo 183 del Reglamento General del Sistema Nacional de Contratación Pública vigente en ese momento, así como con el artículo 281 de la normativa secundaria, por lo que instó a la entidad local a rectificar el procedimiento y a priorizar la contratación con proveedores nacionales que cumplan los requisitos.
El organismo fundamentó sus observaciones en el entonces artículo 183, que establecía que la importación directa de fármacos solo procedía cuando se tratara de medicamentos especiales, no disponibles en el país y amparados por justificativos clínicos evaluados previamente por la autoridad sanitaria.
No obstante, la Municipalidad sostuvo que el Sercop utilizó un artículo que ya no era aplicable al procedimiento, y que el fundamento jurídico correcto era el artículo 127 del Reglamento General actualizado publicado el 28 de octubre de 2025, el cual —según la administración local— sí respaldaba la gestión de importación realizada.
La diferencia entre ambos cuerpos normativos sustentó el desacuerdo: en la normativa actualizada, el artículo 183 ya no se refiere a importaciones directas, sino a la conformación de una comisión técnica para convenios marco del Catálogo General, mientras que el artículo 127 sí mantiene la regulación de importación directa de fármacos, especificando que esta puede aplicarse cuando se requieran medicamentos esenciales no disponibles en el país y previa autorización de la autoridad sanitaria nacional.
¿Qué dice el art. 183 citado por Sercop y el 127 citado por la Municipalidad?
Artículo 183 citado por Sercop: Importación Directa
Art. 183 Importación directa.- Para el caso de importaciones directas de fármacos, cuando se requieran medicamentos especiales, para tratamientos especializados que no consten en el repertorio virtual del Portal de Contratación Pública y no estén disponibles en el país, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, solicitará autorización para importación directa a la autoridad sanitaria nacional, quien la concederá previa evaluación de los justificativos clínicos terapéuticos.
Artículo 183 del Reglamento Actualizado (28 de octubre de 2025): Comisión Técnica
Y el artículo 183 del reglamento actualizado el 28 de octubre de 2025 dice:
Art. 183 Comisión técnica.- Para efectos de seleccionar a los proveedores que podrían suscribir convenios marco del Catálogo General, la máxima autoridad del Servicio Nacional de Contratación Pública o su delegado, designará una comisión técnica encargada de llevar adelante el procedimiento, que estará integrada por tres profesionales, uno de los cuales la presidirá…
Artículo 127 citado por la Municipalidad: Importación Directa y Adquisición
Mientras que el 127:
Importación directa.- Para el caso de importaciones directas de fármacos, cuando se requieran medicamentos especiales, para tratamientos especializados que no consten en el repertorio virtual del Portal de Contratación Pública y no estén disponibles en el país, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, solicitará autorización para importación directa a la autoridad sanitaria nacional, quien la concederá previa evaluación de los justificativos clínicos terapéuticos. Para la adquisición de fármacos por este procedimiento se realizará conforme al Cuadro Nacional de Medicamentos Básicos vigente o su adquisición se encuentre autorizada conforme las disposiciones emitidas por la autoridad sanitaria nacional.
Esta divergencia entre la norma utilizada por Sercop y la norma que invoca el Municipio se convirtió en el centro del conflicto técnico-administrativo entre ambas instituciones.
Lo que se encuentra en las farmacias
En un recorrido realizado en farmacias ubicadas fuera del Hospital Bicentenario, del Hospital del Día y en distribuidoras del centro de la ciudad se confirmó que en algunos establecimientos existe insulina disponible para venta particular, con precios que van desde los $ 14 hasta los $ 50.
Sin embargo, el Municipio sostiene que estas presentaciones no resuelven la necesidad actual. “Lo que encontramos en farmacias es insulina de acción rápida y de acción lenta. La que requiere la mayoría de nuestros pacientes es de acción intermedia, y esa no la hay”, afirmó González.
El funcionario reiteró que la oferta privada no reemplaza la necesidad del sistema público. “Una insulina de $ 50 es inalcanzable para muchos de nuestros pacientes. La importación que intentamos realizar es para garantizar un tratamiento continuo y gratuito”.
Cruce de declaraciones
En su enlace radial del pasado miércoles, 26 de noviembre, el alcalde Aquiles Alvarez cuestionó duramente a la entidad estatal. “No puede ser posible que la gente se esté muriendo y no podamos traer insulina. ¿Qué creen? ¿Que nos vamos a ganar un billete trayendo insulina? Hay que ser bien idiota”, dijo.
Aseguró que el Gobierno mantiene una “desconexión total con la realidad” y denunció que muchos pacientes viajan a Colombia para conseguir tratamiento.
El director del Sercop, José Julio Neira, replicó en X acusando al cabildo de intentar evadir la normativa: “El alcalde procesado pretendía importar insulina sin registro sanitario”.
Alvarez respondió también en redes: “Pedazo de pillo… te adjunto lo del registro sanitario. Nadie te cree”.
Mientras ambas instituciones sostienen versiones opuestas y el conflicto escala al terreno político, los pacientes siguen esperando una solución concreta.
El Municipio insiste en que la normativa fue aplicada de forma incorrecta; el Sercop afirma que el proceso incumplió requisitos básicos. (I)