El caso que persigue Milton, un guayaquileño de 38 años, es inédito. El 18 de junio pasado conoció el veredicto de una jueza por una cámara de seguridad de un baño familiar en un centro comercial: la magistrada desestimó una acción de protección que interpuso contra el establecimiento.

El evento que desencadenó que él inicie este proceso judicial arrancó en marzo del 2025.

Lo que parecía una salida común de fin de semana con su esposa e hijo de casi 3 años terminó en una queja por correo que evolucionó a los pasillos de los juzgados.

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El hecho se inició cuando se percató de una cámara de videovigilancia colocada en el interior de un baño familiar de dicho centro comercial.

Jueza dispone clausura de cámara de baño familiar de centro comercial de Guayaquil tras acción presentada por ciudadano

“Yo voy a llegar hasta las últimas instancias, así me toque ir hasta la Corte Constitucional”, expresó este ciudadano.

Él señaló que en su demanda nunca exigió ninguna reparación económica.

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Lo que sí pidió fueron “las disculpas públicas, que se retire la cámara y que se organicen algo con el tema de las leyes de cámaras de videovigilancia”, enumeró.

La demanda que él puso, contra el centro comercial, fue una acción de protección por supuesta vulneración del derecho a la intimidad personal y familiar.

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Actualmente, se encuentra a la espera junto con su equipo legal de saber qué rumbo toma su caso.

Entre los argumentos que expuso el centro comercial para su defensa están los siguientes: que el propósito de la cámara es el de precautelar la seguridad ciudadana, que únicamente enfocaba lavabo y espejo, que lo grabado se borra automáticamente a los 30 días del registro y que de paso, se anuncia con letreros que es una zona videovigilada.

Tras la última decisión de la jueza, quien lleva este proceso, su abogado presentó una apelación a lo decidido.

“La jueza dice que como yo no puedo probar que se grabó a mi hijo, tampoco hay vulneración de derechos”, contó este padre de familia, quien plantea una reflexión al respecto: “¿Cómo yo voy a probar que se grabó a mi hijo si no soy propietario de la cámara?“, dijo el hombre.

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Jueza emitió fallo sobre pedido de ciudadano para retirar cámara ubicada en baño de centro comercial de Guayaquil

Con el artículo 66 de la Constitución de Ecuador, respalda Milton su pedido. En este apartado se enumeran los derechos de libertad y el número 20 aborda de forma particular “el derecho a la intimidad personal y familiar”.

Sin embargo, este no es el único cuerpo legal que sirve de sustento en este caso, dijo. También señala al Código Integral Penal (COIP) y más argumentos de organismos internacionales.

“Me he tomado el tiempo de buscar las legislaciones del mundo, de 193 países y los 193 países tienen prohibido poner cámaras dentro de baños, mucho más si es para menores de edad”, enfatizó.

Lo preocupante para él, como padre de familia, es que al desestimar esta acción también se levantaron las medidas cautelares anteriormente fijadas.

‘Creo que hay una violación a la intimidad y dignidad de los ciudadanos’, señala abogado tras acción judicial por cámara en baño familiar de ‘mall’ en Guayaquil

“Se tenía que retirar esa cámara, clausurarla, se levantó esa medida de clausura y el centro comercial puede seguir grabando”, describió. (I)