Si las disposiciones constitucionales fueran voluntarias, si se pudieran ejercer los derechos y deberes constitucionales de acuerdo a las conveniencias del momento o al criterio de una mayoría, todo sería posible.

Si las disposiciones constitucionales fueran de cumplimiento voluntario, los miembros del Tribunal Supremo Electoral podrían, por mayoría, decidir que no es conveniente convocar a elecciones cuando manda la ley y hacerlo cuando a ellos les parezca o no hacerlo.

Si las disposiciones constitucionales fueran de cumplimiento voluntario, el Presidente podría omitir su informe anual al Congreso, no nombrar al Contralor General del Estado hasta que le parezca o hacerlo ignorando la terna que la función Legislativa debe presentarle.

Si las disposiciones constitucionales fueran de cumplimiento voluntario, los magistrados de la Corte Suprema podrían decidir, por mayoría, ejercer su profesión de abogados a pesar de la prohibición y a partir de ese momento ser jueces y parte.

Si las disposiciones constitucionales fueran de cumplimiento voluntario, cualquier ciudadano podría decidir irrespetar el derecho a la propiedad y con la opinión favorable de sus vecinos ocupar predios ajenos.

Si las disposiciones constitucionales fueran de cumplimiento voluntario, los ciudadanos y las ciudadanas podríamos decidir cuándo ejercer nuestros derechos y cuándo cumplir nuestros deberes.

En otras palabras, si los preceptos constitucionales solo fueran enunciados, la vida colectiva sería un caos.

Es tan importante para el orden social la existencia de normas comunes y obligatorias que la definición y aceptación del texto constitucional es uno de los hechos trascendentales de la vida de un país.

Entre nosotros, la última Constitución fue el resultado de varios meses de trabajo de representantes de los ciudadanos reunidos en una Asamblea convocada exclusivamente con este fin.

La mayoría de los partidos políticos, entre ellos el Social Cristiano, participaron en la elaboración de la Constitución vigente, sin embargo, son ellos quienes ahora se niegan a cumplir la disposición que es muy clara en su artículo 129: “El Congreso Nacional elegirá cada dos años un presidente y dos vicepresidentes. Para los dos primeros años, elegirá a su presidente de entre los diputados pertenecientes al partido o movimiento que tenga la mayor representación legislativa...”.

¿Alguien puede explicarnos a las ciudadanas y a los ciudadanos cómo se vive, con seguridad, en un país en el que las leyes fundamentales son para respetarlas a veces sí y a veces no?