El pleno de la Asamblea Nacional transitoria inauguró su trabajo con la aprobación, por unanimidad, de una primera ley, la de Igualdad Salarial entre Mujeres y Hombres. Así todo empleador estaría obligado a pagar de forma igualitaria y sin discriminación a trabajadores de ambos sexos que tengan una misma función.

El proyecto, que se presentó en el 2021 y quedó rezagado y a la cola, establece parámetros y diversos criterios para evaluar los cargos y las remuneraciones que serán de cumplimiento obligatorio tanto en las empresas públicas como en las privadas.

Pero también establece la posibilidad de que las mujeres presenten reclamos y sanciones para quienes no cumplan con esta ley, que aún debe cruzar la etapa de una aprobación por parte del presidente de la República, Daniel Noboa, o su objeción total o parcial. Solo así estará vigente.

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En el Ecuador, la brecha salarial es amplia y, según estudios, incluso una de las más significativas si se compara con otros países de la región; agravada, además, desde la pandemia del COVID-19.

En promedio, en nuestro país las mujeres ganan entre el 20 % y 25 % menos que los hombres en un mismo puesto de trabajo. Hasta octubre pasado, según el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), las mujeres percibieron un ingreso laboral promedio de $ 254 frente a $ 306 que recibieron en promedio los hombres. La tasa de empleo adecuado de hombres en el mismo mes fue de 40,1 %; para las mujeres, de 27,2 %. Y el desempleo fue más alto para las mujeres, con el 4,5 %; mientras que los hombres, el 2,9 %.

Estas cifras revelan la necesidad de políticas públicas que cierren brechas, no solo las laborales, también económicas en general, así como brechas sociales, educativas y también culturales.

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El trabajo es arduo y continuo, y no solo de mujeres, también de hombres desde sus espacios de acción.

Es apremiante actuar para reducir las desigualdades en el mercado laboral, puesto que terminan afectando el desarrollo económico del país. (O)