Creo que el problema de la seguridad parte de un hecho cierto: que nadie sabe con certeza el lugar donde vive; la calle, manzana, sector, parroquia en la que reside, mucho menos los encargados de cuidarla, que en ocasiones vienen de otras partes, sin conocer el lugar.

Creo que la seguridad se verá fortalecida si retomamos la identificación de nuestras calles y casas, es tiempo de volver a empezar a identificar por sus nombres y números los espacios que son ocupados por los ciudadanos.

La obra pública también debe venir acompañada por una cruzada de identificación del lugar donde se vive, para evitar que este caos que se llama ciudad siga creciendo en forma desordenada.

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Y en este desorden, el gran responsable es la Municipalidad, que es el ente rector de dar las identidades a cada lugar, calle o ciudadela que se asienta en sus espacios, y que debe ser la institución encargada de tomar la iniciativa de identificar cada espacio nuevo o antiguo existente en sus áreas urbanas y rurales.

Debemos volver a reglamentar la obligación moral de los habitantes de poner los nombres de las calles en las esquinas de cada manzana, y sin esperar que paren un poste, hacerlo en la casa o edificación esquinera en la que se inicia o termina la cuadra.

El cuidado y mantenimiento de dicha señalética será responsabilidad del propietario del inmueble esquinero, y la falta de aquello será penalizada con un recargo módico al costo que demande hacerlo por parte de la Municipalidad, ante el descuido del propietario y previa advertencia para que lo haga dentro de un corto tiempo.

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Hoy en día con las videocámaras con que cuentan casi todas las ciudades, no se hace tan urgente el tener agentes del orden público de manera presencial en todas partes, basta con la grabación en una de ellas, donde quede registrada la violación a las normas de respeto a la vida en paz, para sancionar al culpable, sin atenuante alguno.

Los vehículos que hacen uso de las calles no pueden rodar sin contar con una placa de identificación, visible, colocada en la parte delantera y posterior del automotor, y toda transgresión a las normas de circulación quedará registrada en las cámaras, cuya notificación al conductor o propietario (la ley dice que si no se conoce quién conducía al momento de un siniestro de tránsito se presume que lo hacía su propietario) se hará vía correo electrónico al señalado al momento de matricular el vehículo, para que dentro del plazo de treinta días se presente a pagar la multa por la infracción notificada. Si no paga dentro de los treinta días siguientes (para entonces han pasado sesenta), se procederá a emitir un título de crédito por la multa no pagada. Si no paga dentro de los siguientes seis meses, se iniciará un procedimiento de cobro, pudiendo disponerse como medida cautelar la retención del automotor.

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En caso de accidentes con daños materiales a los vehículos o bienes, si el conductor o propietario no abandona la escena del accidente, luego de la toma de datos para la elaboración del respectivo parte que será puesto a conocimiento de la autoridad correspondiente para su juzgamiento, podrá llevarse su vehículo; solo en los casos de abandono del vehículo que intervino en un accidente, el agente de tránsito que intervenga en la elaboración del parte dispondrá que dicho automotor sea trasladado hacia un centro de retención vehicular hasta que se presente el propietario a solicitar la devolución del mismo.

Finalmente, hay que exhortar a las unidades de auditoría interna de la Policía Nacional y de las agencias de tránsito, para que reporten a sus superiores cuántos vehículos recuperados y que estaban reportados como robados no han sido reclamados por sus propietarios, acción que no se realiza en muchos casos, por una falta de notificación de su recuperación.

Así, de esta manera sencilla podemos recuperar la seguridad que se ha ido perdiendo, y los habitantes nos identificaremos con orgullo de vivir en la ciudad en la que lo hacemos. (O)

Pedro José Cedeño Cedeño, abogado, Guayaquil

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