Suponemos que en la Corte Constitucional deberían estar los mejores constitucionalistas y sus resoluciones o sentencian ser de fácil y eficaz interpretación, pero son de difícil interpretación y después de tomarse como 3 años de trabajo resultan resoluciones que nadie cumple.

En agosto de 2017 el presidente del directorio del IESS cambió la ley de seguridad social con simple resolución n.º 554 de agosto del 2017, violando los derechos de los jubilados, la fórmula de cálculo de las pensiones jubilares, de la aritmética a la geométrica. El doctor Marcos Proaño Maya, experto en seguridad social, presentó demanda de inconstitucionalidad a dicha resolución en abril de 2018, y en sentencia 16-18-IN/21 del 28 de abril de 2021, la Corte Constitucional declaró la intangibilidad a los derechos de los jubilados, y dispuso que en plazo de 180 días el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, IESS, adecuara sus actos y normas del método de cálculo. Hasta la presente no se ha cumplido nada. El 24 de septiembre pasado ingresé el reclamo al IESS para que se cumpla lo resuelto por la Corte y dijeron que mi reclamo lo debo presentar a un juez de lo contencioso y administrativo, para que él ordene al IESS cumplir la sentencia. Si esperamos tres años que la Corte Constitucional resuelva esta vulneración de nuestros derechos, y el IESS no está ni actualizando nuestras pensiones jubilares con la formula aritmética, ¿de qué sirvió esta resolución si no la cumplen? El IESS no solo estaría perjudicando el pago de pensiones a los que nos jubilamos en el periodo de agosto de 2017 hasta la fecha, sino que ahora pide que contratemos un abogado para demandar el pago sabiendo que estos cobran entre el 25 y 40% de lo que uno recibiría. Pedimos a la Corte Constitucional que les aclare su sentencia del 2021 para que no nos sigan perjudicando. (0)

Francisco René Alcívar Villegas, contador jubilado, vía a Daule