En la no aprobación por el Ejecutivo y Legislativo de la Ley de extinción de dominio –la eliminación de la tabla de consumo de estupefacientes–; la excepción de la reelección de candidatos a asambleístas que tienen casos pendientes con la justicia (la prensa dice que es el 60% los que pretenden reelegirse); la reestructuración de los artículos de la Constitución, el 119, por falta de requisitos para ser asambleístas, y el 208, por despartidizar la elección de las autoridades de control, contralor, fiscal general, etc.; cómo se van a quitar el poder ellos mismos si no se les exige que en sus funciones no pueden –no deben– ser jueces y parte. Por ética y moral deben excusarse, pero eso no sucede con “las manos limpias” que dicen tener.
Al referirnos a la organización de Estado o país donde la concepción de su origen es la existencia de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, su existencia de organización es la independencia de los poderes, condición necesaria para que pueda calificarse de democrático. Pero justamente en el escogimiento de candidatos a ocupar puestos de funcionarios o autoridades en esos tres poderes, se lo hace en representación de los partidos políticos y de sectores geográficos; cuando deberían representar a profesionales listos para servir al país, no a intereses partidistas. El sistema electoral no debe tener influencias políticas para no ser juez y parte y demuestre que no está amañado; ¿no se dan cuenta que ser juez y parte es deshonestidad? (O)
Salvador Loffredo Autheman, ingeniero civil, avenida Samborondón