El 15 de junio de 1215, hace ocho siglos, a un rey asustado lo sentaron en su trono, le pusieron un documento en frente de su soberano rostro y le dijeron: “firme”, y él hizo lo que le pidieron los barones del reino. Se trataba del rey Juan I de Inglaterra, más conocido como Juan Sin Tierra, por no haber recibido herencia como el hijo menor. Así nació la Carta Magna, origen del constitucionalismo británico, que a través de las centurias ha influido en la elaboración de muchas constituciones e instrumentos internacionales de derechos humanos, como la Constitución de los Estados Unidos de América de 1787, la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de Francia de 1789, la Declaración Universal de Derechos Humanos de la ONU de 1948, la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969.
¿Por qué los nobles ingleses se rebelaron contra este rey, que antes de serlo intentó derrocar a su hermano, el rey Ricardo Corazón de León, al más puro estilo de los reyes de Shakespeare mató a su sobrino para apoderarse del trono y quedó en el imaginario colectivo como el monarca opresor en tiempo de Robin Hood? Por su ineptitud frente a la guerra con Francia y los excesivos y arbitrarios tributos y dádivas que les imponía para obtener un favor o prevenir un castigo. Un obispo debió pagar un tonel de vino por no recordarle al rey que debía hacer un regalo a una dama. Un barón tuvo que dar 5 caballos para que el rey no molestara a su esposa, ya que si Juan deseaba a una mujer, no importaba que fuera casada. Y los impuestos eran para financiar la guerra contra Francia, adonde no quisieron marchar los nobles. Juan Sin Tierra y sin cabeza se peleó con la poderosa iglesia de su reino y disputó con el papa Inocencio III, quien lo excomulgó y prohibió a Inglaterra algunas cosas propias de la fe católica, poniendo a condes y barones tan creyentes, en contradicción con su rey. Este confiscó los cuantiosos bienes de los prelados e Inocencio, que no era muy inocente y se sentía a gusto con su poder temporal, amenazó con deponerlo. Ello, junto a otros problemas internos y externos, hizo que Juan se sometiera a Roma. El vasallaje le sirvió, porque el papa declaró nula la Carta Magna por la coacción.
Entre los aspectos más importantes de la carta, que en general significaron un coto al abuso real y que sobrepasan la coyuntura, citamos: Los impuestos ya no los fijaría a su albedrío el rey, sino el Consejo del Reino, a excepción del necesario para pagar su rescate, armar caballero a su hijo y casar a la hija y debía ser moderado. Ningún funcionario del reino solicitaría provisiones sin pagar inmediatamente. El Tribunal de Causas Comunes tendría un lugar fijo, no el de la Corte. Ningún funcionario del reino sería juez, quien debía conocer la ley del sitio donde se juzgue y estar dispuesto a servirla honradamente. No se privaría a un señor feudal la jurisdicción sobre su vasallo. En el campo de libertades y derechos humanos, se prohibía multar a un hombre libre por faltas leves, debiendo dejarle adecuados medios de subsistencia. E inaugurando magistralmente el derecho al debido proceso, que constituye hoy una garantía constitucional en el mundo entero, prescribía que no se sometería a nadie a una ley que no le corresponde; que nadie sería prendido, encarcelado, desposeído de sus bienes, desterrado o castigado de otro modo, sin juicio de sus pares o la ley del país. Y en frase grabada en piedra: “A nadie venderemos, a nadie negaremos o aplazaremos el derecho a la justicia”.
Las mujeres libres perdían: Para casarse debían seguir pidiendo permiso del rey o de su señor feudal, según corresponda. Y solo podían acusar por la muerte de su marido.
Es menester aclarar que tales prebendas no se reconocían a los villanos (hasta el idioma los condena aun llamando así a los ruines), esto es, los campesinos, que debían trabajar obligatoriamente para el señor en la tierra a la que estaban atados y cumplir las pesadas cargas que les imponían.
También hay que precisar que no existía aún el Parlamento, que un siglo después advendría en Inglaterra, al principio bajo la égida del rey, más aún en las monarquías absolutas y luego como contrapeso de su poder. ¿Cómo garantizaba la Carta Magna su ejecución? De una forma sorprendente: Se instituyó un cuerpo de 25 barones. Si tenían una queja contra el rey por violación del acuerdo, 4 de ellos la presentarían al rey y si no se reparaba dentro de 40 días, los 25, con la comunidad de nobles, lo acosarían de todas las maneras posibles, tomando sus castillos, tierras y posesiones, hasta que se corrija la falta, debiendo jurar obediencia los habitantes a los barones para ello y si estos no lo hicieren, lo haría la corona.
Finalmente, se compromete Juan el minusválido a no revocar ni menguar las libertades estipuladas, al igual que sus herederos, para los señores y sus herederos.
La lucha siguió entre el monarca y los barones, porque el poder siempre ha seducido a los hombres para satisfacer sus caprichos y sojuzgar a sus enemigos. En 1216 muere Juan y poco tiempo después se publicó la primera edición de la Carta Magna. Hubo algunas otras cartas previas, pero en la memoria de Inglaterra y de la humanidad, aquella es la querida.
Nuestra Constitución, ya para todos, es digna heredera de la inglesa por el desarrollo de los derechos y libertades, lo que hace falta es que cobre vida y no sea inmolada en el altar del interés político y económico, que los jueces entiendan que no se trata de citarla, sino de vivirla. (O)
En 1216 muere Juan y poco tiempo después se publicó la primera edición de la Carta Magna. Hubo algunas otras cartas previas, pero en la memoria de Inglaterra y de la humanidad, aquella es la querida.