El individuo que provocó el incendio en el sector de Guápulo, en el nororiente de Quito, el pasado 24 de septiembre de 2024, responde al nombre de Dylan Alberto A.

El sujeto fue procesado y condenado a ocho meses de prisión por la Sala de la Corte Provincial de Pichincha.

A pesar de que el implicado pidió la ratificación de su estado de inocencia, la Fiscalía General del Estado presentó pruebas suficientes para responsabilizarlo del hecho.

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La defensa del acusado intentó invalidar el proceso, argumentando que la aprehensión no se realizó dentro de los plazos establecidos.

No obstante, este argumento fue desestimado cuando las autoridades explicaron que el hombre fue detenido el 25 de septiembre, a las 12:00, mientras que la emergencia fue provocada el 24 de septiembre a las 16:00.

Esto confirmó que la aprehensión ocurrió dentro del plazo de 24 horas que establece el Código Orgánico Integral Penal (COIP).

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Junto con la declaración de un testigo, quien admitió haber visto a Dylan A. iniciar el incendio, se fortaleció el caso y permitió que la jueza de primera instancia dictara sentencia.

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Según el artículo 246 del COIP: “La persona que provoque directa o indirectamente incendios o instigue la comisión de tales actos, en bosques nativos o plantados, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.”

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Sin embargo, el procesado recibió una reducción de pena a ocho meses de prisión, por el atenuante contemplado en el artículo 45, numeral 6 del COIP, que indica:“Colaborar eficazmente con las autoridades en la investigación de la infracción.” (I)