La ordenanza municipal que contempla la prohibición del uso de armas blancas y armas de fuego en espacios públicos en Guayaquil contiene 14 artículos, tres disposiciones generales y dos disposiciones transitorias.
El texto de esta llamada Ordenanza de Coordinación de Seguridad y Convivencia Ciudadana fue aprobado en un primer debate por el Concejo Cantonal de Guayaquil y se impulsa en un intento de frenar la delincuencia y mejorar los niveles de seguridad en la urbe.
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Para la aprobación de esta ordenanza se tomó en cuenta un informe de la Corporación de Seguridad Ciudadana de Guayaquil, que indica que entre los principales problemas que se relacionan a la delincuencia común y muertes violentas está el porte de armas blancas, circulación de vehículos sin placas, consumo de sustancias sujetas a fiscalización en espacios públicos, el expendio de bebidas alcohólicas en espacios públicos, oferta de servicios sexuales y ruido excesivo en viviendas.
De allí que en la ordenanza que se busca aprobar se incluyen además de la prohibición de armas, otros tópicos como el consumo de alcohol en las vías públicas.
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La alcaldesa Cynthia Viteri indicó que esta ordenanza va más allá del control de armas blancas, porque incluye disposiciones para los planteles.
Dijo que los establecimientos particulares deberán tener botones de pánico para poder alertas situaciones que pongan en riesgo a los alumnos.
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Estos son los principales temas que aborda la ordenanza:
Porte de armas de fuego sin permisos
El proyecto de ordenanza incluye la prohibición de armas de fuego en espacios públicos sin la debida autorización emitida por los organismos competentes. Cuando se detecte a una persona con un arma ilegal, los agentes lo detendrán y lo pondrán en manos de la Policía.
Estas aprehensiones podrán darse cuando sean sorprendidos en delitos de flagrancia, contravenciones o infracciones.
La ordenanza establecerá una multa de cinco salarios básicos ($ 2.125), sin perjuicio de las acciones penales.
Porte de armas blancas
En la ordenanza se prohíbe portar armas blancas, como cuchillos, navajas y puñales, en espacios públicos. De esta normativa estarán exentas las armas blancas que sirvan como herramientas de trabajo, pero el portador deberá justificar su uso mostrando documentos, como carné de trabajo o de artesanos.
Las personas que porten armas blancas sin la justificación deberán pagar una multa de un salario básico ($ 425).
Prohibición de expendio de bebidas alcohólicas en espacios públicos
La ordenanza incluye la prohibición del expendio y consumos de bebidas alcohólicas en espacios públicos, establecimientos y eventos masivos de concurrencia cantonal que no cuenten con autorización municipal.
Solo se podrá expender bebidas alcohólicas en espacios autorizados, para lo que deben contar con los permisos de funcionamiento y ocupación de vía pública.
Las personas o negocios que incumplan con la disposición ya sea por el expendio de bebidas alcohólicas en la vía pública o el expendio sin la debida autorización serán sancionados con un salario básico ($ 425), sin perjuicio de la clausura.
Prohibición de consumo y expendio de sustancias sujetas a fiscalización en espacios públicos
En la ordenanza se incluye la prohibición de consumo y expendio de sustancias sujetas a fiscalización en espacios públicos, establecimientos o eventos de concurrencia masiva.
Cuando los agentes identifiquen a una persona que esté consumiendo sustancias estupefacientes, se realizará un informe para enviarse a una comisaría para abrirse un expediente administrativo.
En caso de que se encuentre a personas intoxicadas en los espacios públicos, se los trasladará a puntos de asistencia médica.
Por incumplimiento, el infractor pagará una multa de un salario básico ($ 425) y dos salarios básicos cuando sea reincidente. En localidades que se permita el consumo de sustancias sujetas a fiscalización se impondrá una multa de tres salarios.
Cuando el infractor sea menor de edad, la multa será impuesta a sus padres o curador.
Prevención y sanción del ruido desde viviendas
La ordenanza prohíbe que en el vecindario o lugar de habitación se perturbe o se permita el sosiego con sonidos o ruidos provenientes de actividades, fiestas, reuniones o eventos similares que afecten la convivencia del vecindario, cuando generen molestias por su impacto auditivo, que sobrepasen los niveles permitidos. El incumplimiento de esto puede ser sancionado con dos salarios básicos ($ 850).
Seguridad complementaria en instituciones educativas
Las actividades comerciales informales estarán prohibidas en un radio de 200 metros a las entidades educativas. También las entidades educativas particulares deberán tener un botón de pánico.
También deberán contar con un guardia de seguridad privado en cada entidad educativa. El incumplimiento será sancionado con una multa de un salario básico. (I)