La madrugada de este domingo, 15 de junio, el jugador de fútbol Miller Bolaños fue retenido al intentar salir de una urbanización de La Aurora, en Daule.
En un informe policial, al que este Diario tuvo acceso, se expone que la alerta se dio a las 02:00 de este domingo, 15 de junio.
El personal policial acudió a una urbanización de La Aurora por una alerta de una persona armada.
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A su vez, guardias manifestaron que el jugador posiblemente pretendía salir de la urbanización, por lo que se dio un registro del automotor.
Al realizar la revisión se observó un arma de fuego con el cargador puesto en el apoyabrazos de una de las puertas del auto que manejaba el jugador.
Al sitio también acudió una mujer que previamente hizo la llamada al ECU911 para alertar de que este ciudadano habría presuntamente realizado disparos en los exteriores de su domicilio.
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Ante ello, la Policía detuvo al jugador y a su acompañante, Nicole C. Asimismo, confirmó que por este incidente no hubo personas heridas ni daños materiales.
Entre los indicios levantados constan un arma de fuego tipo Glock, un vehículo marca Ford de color negro, dos vainas percutidas y cuatro sin percutir.
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En un informe policial se detalla que el motivo de la detención se dio por el presunto delito de porte y tenencia de armas.
En el artículo 360 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) se determina que el delito de tenencia y porte de armas puede ser sancionado con una pena de seis meses a cinco años de prisión.
En el cuerpo legal se explica la diferencia entre tenencia y porte.
Diferenciación explicada en el COIP
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La tenencia consiste en el derecho a la propiedad legal de un arma que puede estar en determinado lugar, dirección particular, domicilio o lugar de trabajo, para lo cual se requiere autorización de la autoridad competente del Estado.
La persona que tenga armas de fuego sin autorización podría ser sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a un año.
Mientras tanto, el porte consiste en llevar consigo o a su alcance un arma permanentemente dentro de una jurisdicción definida, para lo cual se requiere autorización de la autoridad competente del Estado.
La persona que porte un arma de fuego sin autorización será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años.
Situación de retención
Personal policial detalló que el jugador se mantiene retenido en Daule.
Para las 18:15 estaba convocada la la instalación de la diligencia de flagrancia y formulación de cargos en la Unidad Judicial Multicompetente en Materia Penal con sede en la La Aurora.
Ahí se debería determinar por parte de la Fiscalía si hay elementos para procesar al jugador y a la mujer, además de determinar la figura legal con la que se continuará el caso. (I)