La Fiscalía General del Estado se pronunció la noche de este viernes, 6 de junio, respecto al caso de secuestro extorsivo de una ciudadana china el pasado 29 de mayo, en la Martha de Roldós, en el norte.

Los cuerpos de ella y de otros tres comerciantes secuestrados fueron hallados maniatados y asfixiados en una cisterna en la cooperativa Nueva Frontera, en el noroeste.

Dictan prisión preventiva para los 5 detenidos en el caso de comerciantes secuestrados y asfixiados en una cisterna

Este pronunciamiento se da porque el Consejo de la Judicatura Guayas informó que la Fiscalía fue la que solicitó medidas cautelares alternativas a la prisión preventiva para alias Pinky. Y el juez que conoce la causa tuvo que acoger el pedido formulado por la Fiscalía y dispuso la aplicación de las medidas cautelares solicitadas.

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Y que en virtud del principio de igualdad y no discriminación, estas medidas también fueron concedidas para alias Cocacho.

Además, esta tarde, la Policía Nacional rechazó que alias Cocacho y Pinky, detenidos a las 24 horas del secuestro de la extranjera, han sido liberado con medidas sustitutivas por parte del del juez y fiscal en la audiencia de flagrancia.

La entidad policial lamentó que al tener a los principales sospechosos se debió dictarles prisión preventiva y no dejarlos libres. Hoy se detuvieron a cinco personas más vinculadas a estos dos detenidos, de la misma organización Los Tiguerones, que detallaron su modo de operar y estaría relacionados con estos que siguen en libertad.

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La Fiscalía informó que el agente fiscal Rómulo Sevilla, el 31 de mayo de 2025, sustanció la audiencia de flagrancia en la que -sobre la base de los elementos de convicción obtenidos hasta ese momento- formuló cargos y solicitó prisión preventiva para Jhorly P., alias Cocacho, y prohibición de ausentarse del país y presentaciones periódicas para Byron M., alias Pinky, como consta en el acta de la diligencia, que es pública.

La decisión de no acoger la medida cautelar de prisión preventiva fue tomada por el Juez que conoció la causa, Juan Pablo Pulgarín, alegando que no tenía antecedentes penales, lo que también consta en el acta de la audiencia.

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Añadió que la información de dicha audiencia se puede acceder, ingresando al sitio web del Consejo de la Judicatura, con el número de proceso 09281202501063.

Y que también es necesario señalar que, en la audiencia calificación de flagrancia, la víctima no había sido localizada y continuaba reportada como secuestrada. Es decir, se desconocía sobre su fallecimiento, situación que -si se hubiera conocido a la fecha de los hechos- se constituiría en un motivo para el cambio de tipo penal a secuestro extorsivo con resultado de muerte.

Además, que la Fiscalía ha dispuesto el control jurídico de la actuación fiscal en el referido procedimiento, cumpliendo con el lineamiento institucional de actuar con transparencia. (I)