El Gobierno oficializó la aplicación de toque de queda a través del Decreto Ejecutivo n.° 329, emitido este viernes 13 de marzo.

En el documento, suscrito por el presidente Daniel Noboa, se establece una restricción focalizada a la libertad de tránsito (toque de queda) en sectores estratégicos del territorio ecuatoriano.

La medida rige específicamente en las provincias de Guayas, Los Ríos, El Oro y Santo Domingo de los Tsáchilas, a partir de este 15 de marzo. La restricción de movilidad se aplica de manera diaria en la franja horaria comprendida desde las 23:00 hasta las 05:00.

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Dentro de ese lapso se tienen programadas intervenciones de las fuerzas del orden para atacar a grupos del crimen organizado.

En el acuerdo, además, se indicó que la declaratoria se sustenta en informes de inteligencia que determinan que los delitos de mayor gravedad, como homicidios múltiples y ataques armados, se concentran precisamente en este horario crítico.

Excepciones a la restricción de movilidad

Para garantizar la prestación de servicios básicos y la continuidad de actividades estratégicas, el decreto contempla las siguientes excepciones para los ciudadanos que deban circular durante el horario de toque de queda:

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  • Servicios de salud: Servicios de salud de la red pública integral y privada complementaria
  • Seguridad y orden público: fuerza pública, entidades de seguridad y servicios de gestión de riesgos y emergencias.
  • Sectores estratégicos: El documento también menciona que el régimen de excepciones busca asegurar la continuidad de los servicios públicos, los sectores estratégicos y el abastecimiento.

Las personas que se enmarquen en estas excepciones deberán acreditarlo documentalmente ante la autoridad competente, sean estos de las Fuerzas Armadas, Policía o agentes de control de tránsito, quienes estarán facultados para ejercer y exigir el control y la documentación que acredite la condición de excepcionalidad a toda persona que circule en el horario de suspensión del derecho a la libertad de tránsito.

Además, en el marco de la emergencia nacional por lluvias, la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos coordinará con el Ministerio del Interior el mecanismo que permita garantizar la movilidad del personal, vehículos y operaciones destinadas a la atención, se indicó en el decreto.

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El decreto no estableció la emisión de salvoconductos.

Previo a la emisión del decreto, aunque no consta en el documento, autoridades explicaron que las personas con viajes programados podrán movilizarse si presentan la documentación correspondiente que acredite el traslado hacia o desde aeropuertos

Justificación de la medida

El documento del decreto detalló una lista de hechos violentos que justifican la medida ocurridos durante las madrugadas de febrero de 2026, incluyendo ataques con fusiles en Vinces, asesinatos múltiples en Guayaquil y explosiones en viviendas de Machala.

El objetivo central de esta suspensión parcial de derechos es facilitar las operaciones del Bloque de Seguridad y reducir la exposición de la población civil en momentos de alta peligrosidad, evitando que ciudadanos queden atrapados en posibles enfrentamientos armados. (I)

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