El pleno del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) negó el recurso de apelación que presentó la asambleísta de la Revolución Ciudadana Viviana Veloz a la sentencia en su contra por realizar campaña anticipada en las elecciones de agosto de 2023.
La decisión se adoptó el pasado jueves, 7 de agosto de 2025.
En su resolución, el TCE redujo la multa impuesta, inicialmente, de $ 9.000, equivalente a 20 salarios básicos. Aplicando el principio de favorabilidad, el organismo de justicia electoral modificó esta sanción a diez salarios básicos unificados, que representa $ 4.500, de acuerdo con el sueldo básico de 2023, año en el que Veloz, según la sentencia del TCE, cometió la infracción electoral.
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Para negar el recurso de apelación, los magistrados electorales determinaron que la sentencia de primera instancia no vulneró los derechos al debido proceso ni a la defensa de la recurrente, y que se acreditaron de manera suficiente los elementos objetivos de la infracción denunciada.
La sentencia de primera instancia la dictó el juez Joaquín Viteri el 2 de julio de 2025.
La denuncia la presentó el ciudadano Wilfrido Cárdenas, quien sustentó que la actual coordinadora de la bancada correísta cuando fue candidata a la Asamblea Nacional en 2023 publicó videos en la cuenta de Instagram “vivianavelozoficial” promoviendo el voto.
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En 2023, Viviana Veloz fue electa asambleísta de la provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas para el periodo de transición. Desde octubre de 2024 hasta mayo de 2025, la legisladora ocupó la presidencia del Legislativo.
Actualmente, Veloz es presidenta de la Comisión de Protección de la Niñez y Adolescencia. (I)