La Ley para el Fortalecimiento de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, sexta norma económico-urgente remitida por el presidente de la República, Daniel Noboa Azín, ya fue publicada en el Registro Oficial el viernes 24 de octubre.
Esta normativa tiene como objetivo establecer un régimen económico de incentivos tributarios y de facilitación de donaciones destinado exclusivamente al fortalecimiento de las fuerzas del orden, en el marco de sus atribuciones constitucionales de protección interna, mantenimiento del orden público, seguridad ciudadana, defensa nacional y seguridad integral del Estado.
La ley permitirá fortalecer las capacidades estratégicas y operacionales de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional mediante la canalización de recursos complementarios a la inversión pública, la promoción de la participación del sector privado a través de incentivos tributarios y la creación de un marco legal transparente para la recepción y rendición de cuentas de donaciones.
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Estas donaciones podrán consistir en bienes muebles o inmuebles, equipamiento o suministros nuevos, en condiciones óptimas para su uso, provenientes tanto de contribuyentes nacionales, con beneficios tributarios hasta del 30 % del impuesto causado, sin derecho a devolución, como de organismos y Gobiernos internacionales, conforme a los acuerdos de cooperación y la normativa reglamentaria vigente.
Proceso legislativo de la ley
El proceso de discusión y aprobación de la ley se llevó a cabo en dos debates en la Asamblea Nacional.
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- Primer debate: 14 de octubre de 2025.
- Segundo debate: 23 de octubre de 2025.
- La ley fue aprobada el mismo día del segundo debate.
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