El uso delictivo de uniformes e insignias de la seguridad pública y la simulación de funciones será sancionado como delito y no como contravención, según un proyecto que reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP), tramitado por la Asamblea Nacional en primer debate este 20 de enero de 2026.
El proyecto contiene cuatro artículos y pasa a segundo debate, donde se incrementa la pena privativa de libertad de 30 a 90 días de prisión para la usurpación de uniformes e insignias.
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Además, se crea una nueva figura penal. Se propone el artículo 364-A del COIP, respecto a los delitos contra la seguridad pública: "Simulación de autoridad operativa“, que sanciona el acto de montar un escenario engañoso (falso retén o patrullaje). Para estos casos se aplicará penas privativas de libertad de 1 a 3 años, independientemente de otros delitos cometidos.
Si el uso de uniformes deriva en privación de libertad, ingreso a inmuebles o afectación patrimonial, la pena sube de 3 a 5 años; y cuando el engaño involucra específicamente a la Policía Nacional o Fuerzas Armadas, la sanción escala de 5 a 7 años de cárcel.
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Actualmente, el mal uso de uniformes de entidades de seguridad, Policía Nacional y Fuerzas Armadas, se sanciona apenas con una pena privativa de libertad de 15 a 30 días, lo cual podría ser considerado como una contravención menor o como un agravante si ya existe un delito.
Respecto al uso del uniforme, hoy en día, cualquier ciudadano puede comprar chalecos antibalas con logotipos de la Policía Nacional o uniformes militares en tiendas físicas o internet por precios que rondan los $ 55; incluso con logotipos oficiales y nombres personalizados sin ningún filtro de seguridad.
Con las reformas en trámite se establece que la persona que, sin autorización, use públicamente uniformes, insignias o distintivos propios de una institución del Estado con el propósito de simular autoridad, inducir a error o beneficiarse de dicha apariencia será sancionada con pena privativa de libertad de 30 a 90 días.
En cambio, la persona que, utilizando uniformes, insignias o distintivos propios de instituciones públicas sin tener derecho a ello, realice operativos falsos, controles simulados, retenciones ilegítimas, desalojos aparentes o movilización pública fraudulenta que afecten la seguridad de las personas, los bienes o la confianza institucional, será sancionada con pena privativa de libertad de 1 a 3 años.
Si como consecuencia directa de estas conductas se produce la privación efectiva de la libertad, el ingreso no autorizado a un inmueble, el desplazamiento forzado de personas o una afectación patrimonial concreta, la pena será de tres a cinco años. Sin perjuicio de los tipos penales más graves que correspondan.
Durante el debate, los asambleístas de ADN anunciaron su respaldo a la propuesta de reformas como medida que contribuirá en el combate a la delincuencia organizada. (I)