La nueva Ley de Transparencia Social, que fue aprobada el pasado 26 de agosto con 78 votos a favor en la Asamblea Nacional, ya fue publicada en el Registro Oficial este jueves, 28 de agosto.
Con esta norma, las organizaciones sociales sin fines de lucro deberán cumplir ciertas disposiciones en plazos específicos para evitar suspensiones.
Su rápida publicación el Registro Oficial implica que el presidente Daniel Noboa no hizo ninguna observación a la norma. El mandatario tenía un plazo de 30 días para emitir un veto o una sanción.
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El texto de la norma fue remitido este miércoles, 27 de agosto, por Stalin Andino, secretario jurídico de la Presidencia de la República.
Entre lo que la norma dispone está que las organizaciones sociales sin fines de lucro, que operen en el territorio nacional, ya constituidas legalmente y activas a la fecha de entrada en vigencia de la ley, deberán cumplir con la obligación de registrarse en el Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales Sin Fines de Lucro (Suios) en un plazo no mayor a 180 días.
Asimismo, de acuerdo con el artículo 17 de la ley, se debe crear el Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales Sin Fines de Lucro como una plataforma digital y de acceso público, administrada por el Ministerio de Gobierno. Este sistema consolidará, procesará y clasificará la información jurídica, financiera, operativa y de cumplimiento de las organizaciones sociales.
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Otra de las disposiciones que da la normativa es que la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria será el ente encargado de vigilar, auditar, intervenir, controlar y supervisar a las organizaciones sociales sin fines de lucro. Para esto, la superintendencia clasificará las organizaciones según su nivel de riesgo, siendo este bajo, medio o alto. (I)