Una vez que la Corte Constitucional (CC) determinó que la vía de la asamblea constituyente es la que corresponde para hacer los cambios a la Constitución que el presidente Daniel Noboa propone, la causa pasa a un segundo momento en el que los jueces deben analizar el contenido, es decir, los considerandos y la pregunta de la consulta popular, así como el estatuto que los acompaña y que detalla las reglas electorales para instalarla.