A partir del 1 de septiembre de 2025, Ecuador exigirá la visa de visitante temporal de transeúnte a ciudadanos de 45 países. La medida se ampara en la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional, que reformó el artículo 66 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana, y busca fortalecer la seguridad del Estado y el control migratorio.

Los ciudadanos de los siguientes países deberán tramitar la visa:

  1. Afganistán
  2. Angola
  3. Bangladés
  4. Camerún
  5. Cuba
  6. Egipto
  7. Eritrea
  8. Etiopía
  9. Filipinas
  10. Gambia
  11. Ghana
  12. Guinea
  13. Kenia
  14. India
  15. Irak
  16. Irán
  17. Libia
  18. Nigeria
  19. Pakistán
  20. Nepal
  21. República Democrática del Congo
  22. Corea del Norte
  23. Senegal
  24. Siria
  25. Sri Lanka
  26. Somalia
  27. Venezuela
  28. Vietnam
  29. Yemen
  30. Haití
  31. República del Congo
  32. Mali
  33. Costa de Marfil
  34. Birmania
  35. Uzbekistán
  36. Tayikistán
  37. Albania
  38. Chad
  39. Guinea Bissau
  40. Kirguistán
  41. Mauritania
  42. Sierra Leona
  43. Sudán
  44. Sudán del Sur
  45. República Popular China

El trámite deberá realizarse desde fuera del Ecuador, a través de la plataforma de Cancillería: https://serviciosdigitales.cancilleria.gob.ec

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Los costos son:

Formulario de solicitud: $ 50

Visa de visitante temporal de transeúnte: $ 30

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El Gobierno recalcó que la disposición se enmarca en el respeto a los derechos de las personas en movilidad humana y en la observancia del marco legal vigente.

(I)