A partir del 1 de septiembre de 2025, Ecuador exigirá la visa de visitante temporal de transeúnte a ciudadanos de 45 países. La medida se ampara en la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional, que reformó el artículo 66 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana, y busca fortalecer la seguridad del Estado y el control migratorio.
Los ciudadanos de los siguientes países deberán tramitar la visa:
- Afganistán
- Angola
- Bangladés
- Camerún
- Cuba
- Egipto
- Eritrea
- Etiopía
- Filipinas
- Gambia
- Ghana
- Guinea
- Kenia
- India
- Irak
- Irán
- Libia
- Nigeria
- Pakistán
- Nepal
- República Democrática del Congo
- Corea del Norte
- Senegal
- Siria
- Sri Lanka
- Somalia
- Venezuela
- Vietnam
- Yemen
- Haití
- República del Congo
- Mali
- Costa de Marfil
- Birmania
- Uzbekistán
- Tayikistán
- Albania
- Chad
- Guinea Bissau
- Kirguistán
- Mauritania
- Sierra Leona
- Sudán
- Sudán del Sur
- República Popular China
El trámite deberá realizarse desde fuera del Ecuador, a través de la plataforma de Cancillería: https://serviciosdigitales.cancilleria.gob.ec
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Los costos son:
Formulario de solicitud: $ 50
Visa de visitante temporal de transeúnte: $ 30
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El Gobierno recalcó que la disposición se enmarca en el respeto a los derechos de las personas en movilidad humana y en la observancia del marco legal vigente.
(I)