Declarándose perseguido del correísmo, afirmando que no han podido demostrar que recibió un solo centavo como parte de una ilegalidad y criticando que en el caso denominado Sinohydro no han sido procesados ni el expresidente Rafael Correa ni el exvicepresidente Jorge Glas, es como enfrentará este lunes, 8 de diciembre, el exvicepresidente Lenín Moreno la reinstalación de una audiencia en la que conocerá si es o no llamado a juicio por el delito de cohecho.

Casi tres meses después de que el conjuez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Olavo Hernández suspendió la audiencia preparatoria de juicio en el caso Sinohydro contra veinticuatro procesados por el delito de cohecho e ingresó a deliberar lo escuchado en varias semanas de diligencia, los acusados como autores y cómplices conocerán este 8 de diciembre si son o no llamados a juicio, como lo solicitó la Fiscalía.

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Dentro de la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, el entonces fiscal general encargado Wilson Toainga pidió al conjuez Hernández que emita un auto de llamamiento a juicio contra los veinticuatro investigados por un cohecho que habría ocurrido en el proceso de contratación de la empresa Sinohydro, la cual se encargó de la construcción del proyecto hidroeléctrico Coca Codo Sinclair, megaobra realizada en el gobierno de Rafael Correa que le costó al país cerca de $ 2.000 millones.

Contra todos los sospechosos de haber integrado esta red de corrupción la Fiscalía presentó 28 elementos de convicción comunes y 602 elementos de convicción individuales.

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El exmandatario emitió un video en sus redes sociales en el que se declaró ser víctima de una terrible persecución por parte del correísmo.

“Me acusa Ronny Aleaga, que está prófugo del caso Metástasis y es acusado del crimen del caso Villavicencio.(...) Hemos presentado a Fiscalía todas las pruebas y no se ha podido probar que haya recibido un solo centavo. (...) También carece de sustento la acusación que se hace a mi esposa y a mi hija. Mi esposa vendió facturadamente agendas turísticas por $ 1.600. Y mi hija, con estudios en la Academia de Bellas Artes de Florencia, realizó el retrato de los nueve nietos de esa familia”, explicó Moreno en el video subido a redes.

Toainga en su dictamen acusatorio señaló que la trama de corrupción investigada se centra en la adjudicación del contrato público para la construcción del proyecto Coca Codo Sinclair, cuya ejecución dependía de un crédito proveniente de China. Según la investigación, Moreno, en su rol de vicepresidente de la República, habría intervenido para asegurar la participación de la empresa china Sinohydro, cuyos representantes en Ecuador eran los coprocesados y amigos personales de Moreno: el empresario Conto Patiño, su hija María Patiño y su yerno Javier Macías Carmigniani.

“Funcionarios de alto perfil y empresarios se habrían confabulado para favorecer a Sinohydro, recibiendo como retribución dádivas indebidas”, señaló la Fiscalía, instancia que recalcó que Conto y María Patiño y Javier Macías Carmigniani habrían recibido a través de sus empresas, especialmente de la empresa Recorsa, el 4 % del monto total del contrato, sumando más de $ 76,1 millones que habrían sido transferidos a sus cuentas bancarias en Panamá.

QUITO (16-09-2025).- En la Corte Nacional de Justicia continúa la audiencia en el caso Sinohydro, en el que está involucrado el expresidente de Ecuador Lenín Moreno y su esposa. Estos son los expedientes. Carlos Granja Medranda / EL UNIVERSO. Foto: Carlos Granja Medranda

A decir de la Fiscalía, parte de estos fondos habrían sido destinados al grupo familiar de Conto Patiño, a la familia de Lenín Moreno y a funcionarios y representantes de la empresa contratista.

El excompañero presidencial de Rafael Correa y Jorge Glas, Lenín Moreno, hace parte de la lista de autores directos, junto con Luciano Cepeda y Henry Galarza; los ciudadanos chinos Cai Runguo, exembajador de China en Ecuador, Yan Huiju, Song Dongsheng, Wu Yu, Liu Aisheng y el ecuatoriano Conto Patiño.

Moreno no entiende cómo en este caso no han sido procesados Rafael Correa y Jorge Glas, si ellos fueron quienes inauguraron la hidroeléctrica Coca Codo Sinclair. “Cuando fui presidente detectamos que en el proyecto (Coca Codo Sinclair) había más de 17.000 fisuras; es por eso que me negué a recibirla e inmediatamente inicié el proceso de arbitraje internacional”, sostuvo el expresidente ecuatoriano, que vive junto con su esposa en Asunción (Paraguay) y cumple la medida de presentación periódica en la Embajada de Ecuador en Paraguay.

En cambio, la esposa e hija de Moreno, Rocío González e Irina Moreno, son ubicadas como cómplices, al igual que Guillermo Moreno, Edwin Moreno, Martha González, hermanos y cuñada del exmandatario; los esposos radicados en Panamá y sobre quienes pesa un pedido de extradición María Patiño y Xavier Macías Carmigniani; los hermanos Patiño Herdoiza: Juan Carlos, Patricia y Manuel; Priscila Burneo, además de Rocío Guerrero, Eduardo Carmigniani, Carlos Almeida y María Augusta Baquero.

QUITO (27-08-2025).- Audiencia en el caso Sinhohydro, en el que es procesado Lenín Moreno. Captura de Pantalla / EL UNIVERS0 Foto: Cortesía

El cohecho es un delito contra la administración pública que implica sobornar a un funcionario público (o que este acepte un soborno) para que actúe en beneficio propio o de un tercero omitiendo o realizando un acto relacionado con sus funciones, atacando así la imparcialidad pública. Puede ser activo (quien soborna) o pasivo (el funcionario que recibe), y la corrupción, como en el caso Sinohydro en Ecuador, es un ejemplo de cómo se manifiesta este delito a gran escala.

El artículo 280 del actual Código Orgánico Integral Penal (COIP) señala respecto al cohecho que los servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del Estado, que reciban o acepten, por sí o por interpuesta persona, donativo, dádiva, promesa, ventaja, beneficio inmaterial o beneficio económico indebido u otro bien de orden material para sí o un tercero, sea para hacer, omitir, agilitar, retardar o condicionar cuestiones relativas a sus funciones, serán sancionados con pena privativa de libertad de tres a cinco años.

Se aclara que se entenderá como beneficio inmaterial todo aquel beneficio o ventaja intangible que, por su naturaleza al no tener un valor económico o patrimonial cuantificable, no es susceptible de valoración alguna. Si el servidor público ejecuta el acto o no realiza el acto debido, será sancionado con pena privativa de libertad de cinco a siete años. Si la conducta descrita es para cometer otro delito, el servidor público será sancionado con penas de cárcel de siete a diez años. (I)