La resolución de la acción de protección para evitar la suspensión y una posible destitución del cargo, que planteó la vicepresidenta de la República, Verónica Abad deberá esperar su resultado, para el próximo 23 de diciembre a las 11:00. Esto en medio de la confusión con la que se quedó la jueza a cargo del caso porque no obtuvo la respuesta del Gobierno: en dónde dice que se puede sancionar por 150 días de suspensión y cuál es la falta grave que configura esa sanción.
Este 18 de diciembre de 2024, la jueza de la Unidad Judicial de Quito, Nubia Vera Cedeño cerró la sustanciación de la acción de protección de la vicepresidenta Verónica Abad Rojas en contra del Ministerio de Trabajo, su ministra Ivonne Núñez y una funcionaria Ruth Espinoza Avilés, por el sumario administrativo que terminó con la suspensión del cargo por 150 días porque, en su función de embajadora por la paz en Israel no se trasladó a Ankara (Turquía), antes del 1 de septiembre y lo hizo ocho días después.
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No obstante, Espinoza Avilés no ha asistido en las últimas dos reinstalaciones de la diligencia pese a ser la demandada, ya que fue quien tramitó y firmó la resolución con la que se sancionó a Abad.
A la diligencia, que se realizó en la Unidad Judicial de la Familia de Quito, asistió la Vicepresidenta y su equipo de defensa, además de un grupo de policías y militares de la seguridad presidencial.
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Al final de este acto, la segunda mandataria aseguró que esta sanción es un acto persecutorio y que fue orquestado desde el inicio para “violar la sucesión presidencial”. En ese sentido, pidió a la jueza que acepte su recurso y evite que se sigan afectando sus derechos.
“Esta es una sanción impuesta por una funcionaria, la señora Ruth Espinoza que está ausente y que se apropió, robó, se arrogó las funciones constitucionales de la Asamblea Nacional. Esto lo hicieron con toda la intencionalidad, con la complicidad de una canciller (Gabriela Sommerfeld) y del jefe de Estado. (...) No presentaron prueba alguna de que yo haya llegado tarde o abandonado mi puesto de trabajo en Israel y mucho menos que haya pedido que me trasladen con mi familia a Turquía. ¡Mentira, mienten! Mienten a todo el Ecuador”, recriminó Abad, en una declaración final de la audiencia.
Añadió que esta es una sanción más de un acto persecutorio. “No es un hecho aislado, es un eslabón más de la larga cadena de violencia política, misoginia y una persecución que el Presidente y su gabinete han implementado en mi contra, sin precedentes en la historia del Ecuador, porque no fue suficiente desterrarme junto a mis hijos. No les fue suficiente destruir la vida de mi hijo Sebastián... Haberme amenazado con acabar con su vida para forzar mi renuncia, no les pareció suficiente”.
Sus abogados, Dominique Dávila y Damián Armijos, expusieron sus argumentos de defensa por más de una hora y pidieron que se acepte la acción. Se alegó que la suspensión por 150 días no está contemplada en ninguna norma que rige a los funcionarios del Estado.
Armijos aseguró que en el Ministerio de Trabajo “se inventaron” el acuerdo ministerial que reguló el sumario administrativo, al igual que la sanción adoptada.
Pidieron que se dé paso a la acción y se declare la vulneración de derechos, la presunción de inocencia.
Dávila increpó que la “orden” que recibieron los funcionarios que tramitaron este sumario es evitar la sucesión presidencial, pues los 150 días de suspensión coinciden con el proceso electoral.
Ello en referencia a que Daniel Noboa es candidato a la Presidencia en los comicios generales de febrero del 2025 y podría solicitar licencia para hacer campaña política del 5 de enero y el 6 de febrero. Para ello, la Constitución establece que debe encargarse el poder a quien ejerza la Vicepresidencia.
Ministra Ivonne Núñez pide que se niegue la acción y se envíe el expediente a la Fiscalía
Siguió la ministra Núñez, quien tuvo que ahondar en explicaciones de por qué en la ley Orgánica de Servicio Público (Losep) y su reglamento no está precisada la sanción de 150 días.
La magistrada le insistió por varias ocasiones, incluso por “enésima” vez que le explique por qué se sancionó a la Vicepresidenta con la suspensión aplicando un artículo que está relacionado con la destitución de una autoridad.
Núñez recalcó que en el trámite del sumario se probó que Abad incurrió en una falta grave porque no justificó por qué no llegó a Turquía antes del 1 de septiembre y lo hizo el 9 de septiembre.
A la segunda mandataria se le sancionó, explicó Núñez, con base en el artículo 15 de la Losep, que se refiere al reingreso del servidor destituido.
Ahí se señala que un funcionario tras ser destituido estará fuera del sector estatal por dos años y no podrá reintegrarse a la misma institución.
En esa línea, la sanción se adoptó con base en el artículo 86 sobre las faltas graves que contemplan la suspensión temporal y, a su vez, el artículo 48 de esta normativa que sanciona con suspensión por ausentarse por tres o más días de su puesto de trabajo.
Según la ministra, la norma tiene una “textura abierta” por lo que, por ejemplo, el artículo 15 de la Losep recoge un tiempo de dos años (24 meses) que suspende a una autoridad.
Entonces, como no se la puede destituir, se le aplicó una sanción proporcional, cuya base son los 24 meses (del artículo 15 de la Losep) que son equivalentes a más de 700 días. Por lo que, los 150 días corresponden al “20, 55 %” de la sanción.
La jueza Vera insistía en que si bien a la ministra le queda claro, a ella no, porque en el caso del artículo 15 de la Losep, este se refiere al reingreso de un funcionario tras ser destituido.
Núñez pidió que no se acepte esta acción y que se envíe el expediente a la Fiscalía General del Estado para que se investigue a Abad por perjurio, porque en octubre pasado presentó una primera acción de protección en contra del sumario administrativo, las mismas personas e instituciones, como el Ministerio de Trabajo.
Ahora, Abad presentó esta segunda acción de protección y declaró — advirtió Núñez — que bajo juramento dijo que no había impulsado un recurso similar.
También pidió que se envíe el caso al Consejo de la Judicatura (CJ) para que se investigue a los abogados de Abad por abuso del derecho.
Minutos antes de las 13:00 de este 18 de diciembre, Vera suspendió la audiencia y la difirió para el próximo 23 de diciembre a las 11:00.
Aclaró que las otras cuatro veces que se suspendió y convocó a las reinstalaciones fue por pedido de las partes procesales y, que en este ocasión, ella la difería para preparar su fallo. (I)