Ahora que la Asamblea Nacional aprobó, en segundo debate, la reforma parcial al artículo 5 de la Constitución de la República para eliminar la prohibición de tener bases militares extranjeras en el país, queda que la Corte Constitucional (CC) emita su dictamen de control previo para que luego el presidente Daniel Noboa disponga, vía decreto, que el Consejo Nacional Electoral (CNE) convoque a los ecuatorianos a participar en un referéndum.
La fecha en que se realicen los comicios depende de varios puntos y plazos establecidos que se deben cumplir, pero tomando en cuenta, y si se siguen tal cual, los comicios se realizarían en aproximadamente tres meses y medio.
Los puntos y plazos que restan cumplir son los siguientes:
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- Primero, la CC, una vez que le llegue el texto aprobado en el Legislativo, tendrá 20 días de plazo (es decir, días seguidos) para emitir su dictamen de control previo de constitucionalidad de los textos que se someterán a referéndum: pregunta y anexos. Si no lo hace en ese plazo, se entenderá que ha emitido dictamen favorable.
- Una vez que exista este dictamen favorable desde la CC, el presidente Daniel Noboa deberá suscribir un decreto ejecutivo en el que dispone al CNE convocar a elecciones.
- Para la convocatoria, el órgano electoral tendrá 45 días y 60 días más para realizar la elección.
- Para la aprobación de lo sometido a consulta en referéndum se requiere al menos la mitad más uno de los votos válidos emitidos en esa elección.
La Corte Constitucional dispuso que se le remita el texto de la convocatoria a referéndum, que deberá incluir los considerandos que introducen al cuestionario; pregunta o preguntas; y, de existir, sus anexos.
El requerimiento de la Corte se establece en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. En su artículo 102 se dicta que se hará control constitucional a convocatorias a referéndum, y en el artículo 104, que se hará control constitucional de los considerandos que introducen la pregunta, así como al cuestionario, según el 105.
La CC ya concluyó en febrero que la iniciativa de Noboa propone eliminar una prohibición constitucional y, por consiguiente, habilitar que el Estado permita el establecimiento de bases militares extranjeras.
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Según la Constitución, una vez que se apruebe el proyecto de reforma en la CC, hay 45 días para llamar al electorado a votar; en tanto, el artículo 197 del Código de la Democracia da un plazo de 60 días para organizar el proceso.
Tras conocer el dictamen de la CC y el decreto de Noboa, las áreas operativas del CNE deben esperar las disposiciones de la presidenta Diana Atamaint para declarar el periodo electoral que contempla la elaboración del calendario y el presupuesto.
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Asimismo, queda por verse si a esta pregunta que llevará a los ecuatorianos a las urnas se suma alguna otra propuesta de Daniel Noboa que esté en cola o en proceso de trámite.
¿Qué cambios propone la reforma parcial a la Constitución?
Noboa busca eliminar del artículo 5 de la carta política el enunciado “No se permitirá el establecimiento de bases militares extranjeras ni de instalaciones extranjeras con propósitos militares. Se prohíbe ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras”. La propuesta es que en el artículo conste únicamente la frase “El Ecuador es un territorio de paz”.
“¿Está usted de acuerdo en eliminar la prohibición de establecer bases militares extranjeras o instalaciones extranjeras con propósitos militares en el territorio nacional, y de ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el anexo de la pregunta?”, reza la pregunta con la que el presidente Daniel Noboa busca que se modifique “sustancialmente” el artículo 5.
(I)
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