Minutos antes de las 08:00 de este sábado, 20 de septiembre de 2025, el Consejo Nacional Electoral (CNE) modificó la hora de la sesión ordinaria n.º 056, que fue convocada para conocer las preguntas de consulta popular y referéndum que envió el presidente Daniel Noboa, entre ellas la interrogante para convocar a una asamblea constituyente.
La sesión se postergó para las 10:00. La convocatoria la hizo la presidenta del organismo, Diana Atamaint, de manera virtual con un único punto del orden del día, que es el conocimiento y la resolución del proyecto para la declaratoria de inicio del proceso electoral de referéndum y consulta popular 2025.
El cambio de hora, a última instancia, se da luego de que la Corte Constitucional (CC) suspendió, de manera provisional, los efectos del Decreto Ejecutivo n.º 148 con el que el presidente Daniel Noboa propuso convocar a una asamblea constituyente, tras admitir a trámite cinco demandas de inconstitucionalidad contra el documento.
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Este viernes, 19 de septiembre, el mandatario emitió los decretos 147, 148 y 149 con tres preguntas de referéndum y consulta popular que el Ejecutivo espera realizar en noviembre:
- ¿Está usted de acuerdo con que se elimine la prohibición de establecer bases militares extranjeras o instalaciones extranjeras con propósitos militares y de ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el anexo de la pregunta?
- ¿Está usted de acuerdo en que se convoque e instale una asamblea constituyente, cuyos representantes sean elegidos por el pueblo ecuatoriano, de acuerdo con las reglas electorales previstas en el estatuto constituyente adjunto, para elaborar una nueva constitución de la República, la cual entrará en vigencia únicamente si es aprobada posteriormente por las y los ecuatorianos en referéndum?
- ¿Está usted de acuerdo con que se elimine la obligación del Estado de asignar recursos del Presupuesto General del Estado a las organizaciones políticas, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el anexo de la pregunta?
(I)