El director ejecutivo de la Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos (ARCH), Christian Puente, afirma que con 185 elementos probatorios entre documentos, testimonios y pericias el organismo prueba que empresas legalmente habilitadas desviaron combustibles y operaron fuera de los permisos autorizados. Señala que el caso Triple A, en el cual uno de sus procesados es el alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, se originó en 2023 tras detectar un incremento irregular en el gasto estatal por subsidios y hoy enfrenta continuos intentos de dilación de la audiencia de juicio.
¿Cuáles son las pruebas que tienen para este juicio?
Tenemos 185 pruebas documentales, testimoniales y periciales. Los procesados no sería infractores comunes, ellos son actores validados dentro de la cadena de comercialización de hidrocarburos; es decir, son sujetos de control de la ARCH, porque tienen la capacidad para comercializar hidrocarburos y se tiene que demostrar quienes son sus accionistas y sus representantes legales; qué autorizaciones y qué operaciones ejecutaban dentro de la cadena de comercialización de manera legítima, para eso tenemos autorizaciones y permisos de operación. Estableceremos también la legalidad de la constitución de ellos, los nombramientos de los representantes legales y también los permisos de operación que tendrían. Tenemos permisos de operación para estaciones de servicio, para las comercializadoras, contratos de filiación entre estación de servicio y comercializadora, contrato de abastecimiento entre comercializadoras y la empresa pública Petroecuador. Estamos hablando de al menos quince a veinte elementos probatorios como mínimo.
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Usted afirma que no son infractores comunes, ¿cree que hay un hilo conductor para el presunto delito?
Ellos son actores validados para la comercialización de hidrocarburos. No estamos hablando de un ciudadano común que tiene y lo comercialice ilegalmente. Estamos hablando de empresas legalmente registradas en la agencia que se dedicaban a comercializar hidrocarburos, pero el delito se comete cuando ellos irrespetan el flujo comercial y actúan sin autorización. Ese es un elemento del tipo penal muy importante. El delito nos habla de la comercialización de hidrocarburos sin la debida autorización.
¿Y cómo demuestran que actuaron sin debida autorización?
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Estableciendo claramente a qué segmento de mercado corresponde cada uno, cuál es la actividad lícita de ellos y en qué momento actúan sin autorización. Por ejemplo, cuando un actor del segmento automotriz le vende combustible a un actor del segmento industrial, es uno de los modos de operación dentro de la teoría del caso que se está manejando tanto por Fiscalía como por las acusaciones particulares. Entonces, uno es la venta entre segmentos no autorizados; otro mecanismo de operación es la realización de venta a usuarios finales sin registro y la responsable es la estación de servicio que expende el combustible. El tercero, es la venta de empresas no catastradas, y en este caso, existe un sinnúmero de ventas a usuarios industriales que no estaban catastrados; y el cuarto elemento es el almacenamiento de combustibles y la distribución sin la debida autorización. Cada uno de estos elementos por responsabilidad procesal tienen que ser respaldados por un medio de prueba, que suman 185.
Se habla que el caso Triple A es una persecución política al alcalde de Guayaquil, Aquiles Álvarez, ¿qué dice usted?
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Lo que existe es un proceso penal que se inicia bajo una investigación administrativa en el 2023, se analizaron a 455 estaciones de servicio por una alerta del Ministerio de Economía de que habría existido un incremento en la erogación del Estado para cubrir los subsidios de combustible. Se hace un comparativo de lo sucedido en el 2023 con el 2022, y de eso se filtran a 233 estaciones y en contra de ellas inician todas las acciones administrativas que correspondían y un grupo determinado de sujetos de control, los cuales trascendía la esfera administrativa y entraba en la órbita penal, se puso en conocimiento de la Fiscalía General del Estado. Ellos, bajo sus atribuciones iniciaron la investigación previa y formalizaron los cargos en el 2024; no es algo que que surge el día de hoy. Todo este proceso y las actuaciones suceden antes de que el señor Álvarez sea alcalde de Guayaquil y también el señor Noboa sea presidente de la República.
¿Usted cree que los acusados tratan de politizar el caso?
El hecho de que un actor político esté en la mitad de este proceso penal se vuelve a mediático. Y al volverse mediático se puede utilizar como un mecanismo de victimización por un lado y de ataque por parte del otro. Tenemos que entender que la justicia no es selectiva, no puede ser discrecional. Si es que existe la presunción del cometimiento de un delito, es obligación de la administración de justicia investigar y resolver lo que el derecho corresponda. Si es que no existen fundamentos para la acusación, en buena hora se debe ratificar el estado de inocencia.
¿Qué cree usted que se estaría buscando con los diferimientos de la audiencia de juzgamiento?
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Lo que puedo inferir es la existencia de una estrategia dilatoria, porque hay un patrón de comportamiento en el cual han existido trece audiencias fallidas por circunstancias recurrentes, por renuncias y enfermedades de los abogados, por cambio de la defensa... Hace dos días han presentado el cambio de abogados dos procesados quienes presentaron un escrito y cambiaron de abogado, se da cuenta 48 horas antes.
¿Y esto podría llevar a otra vez a diferir la audiencia?
Imagínese, uno de los cambios de abogados pide las copias certificadas de todo el expediente que son más de treinta mil fojas, como que no existiría el expediente digital, pero ellos quieren copias físicas y además que certifiquen. El otro cambio de abogados pide otra cosa, la transcripción de las audiencias y certificadas.
¿Buscan nuevamente diferir la audiencia?
Ellos están ejerciendo su derecho a la defensa, a la libertad para tener un abogado de confianza, pero todo tiene un límite. Al momento en que se empieza a convertir en mecanismos que obstruyen la realización de la justicia, son circunstancias que el Tribunal de Garantías Penales está obligado a detener y sancionar en caso de que se demuestre que son prácticas que van en contra del debido proceso y la administración de justicia.
¿Qué van hacer ustedes frente a este escenario?
La postura por parte de la acusación particular será que se respete el señalamiento de audiencia que ha sido fijado para el 31 de enero, que se respeten las previsiones legales porque no es la primera vez que el Tribunal Penal les advierte de la obligación que tienen de comparecer a la audiencia. Recordemos que la audiencia anterior fue el 24 de diciembre y de ahí se cerró para el 31 de enero de 2026, más de un mes. Y otro dato curioso es que el 90% de los procesados está pidiendo que les permita comparecer vía Zoom. Y les conceden.
¿No cree que hay afinidad entre los acusados y los jueces?
No, yo sería incapaz de considerar algo de esas proporciones porque sería una erosión completa de la confianza a la administración de justicia.
Los acusados han dicho que las empresas distribuidoras no pueden ser las responsables de cómo vendan las gasolineras, que ellos han cumplido su deber, ¿qué opina de esto?
La comercializadora se compromete y tiene la responsabilidad de supervisar lo que está sucediendo en su red de distribución, y están facultados a solicitar la suspensión de las estaciones de servicio frente a un comportamiento irregular.
En este tiempo que usted está al frente de la ARCH, ¿no ha existido nuevos casos de desviación de combustible o delitos hidrocarburíferos?
Lamentablemente existen muchos casos de comercialización ilegal de combustibles, de delitos hidrocarburíferos, los cuales denunciamos. He presentado las denuncias, he acudido a la Fiscalía a formalizarlas, no solamente a presentarla, sino a reconocer firma y rúbrica para que se investigue. En el año anterior ejecutamos 142 procesos sancionatorios por haber violentado la normativa hidrocarburífera dentro de la órbita administrativa. Y hemos presentado 53 denuncias ante la Fiscalía General del Estado.
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