Desde las 08:00 de este viernes, 16 de enero, en la Corte Nacional de Justicia (CNJ) se dará la audiencia de apelación a la sentencia de primera instancia que recibieron en el caso Independencia Judicial nueve personas acusadas del delito de obstrucción de la justicia, entre las que están el expresidente y la exvocal del Consejo de la Judicatura (CJ) Wilman Terán y Maribel Barreno, respectivamente.
El 23 de diciembre de 2024 ambos fueron condenados a una pena agravada de nueve años y cuatro meses como autores del delito investigado al ser parte de una red que buscó evitar, mediante suspensiones y destituciones, que el entonces juez de la Corte Nacional Walter Macías actúe legalmente dentro del caso penal por tráfico de influencia denominado Vocales.
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El recurso de apelación no solo fue planteado por Terán, quien es conocido con el alias de Diablo, y Barreno, sino también por los exfuncionarios del CJ: Milton A., Jessica Ch., Liberton C., Carlos G., Olga V., Milton Herrera y Santiago Cifuentes, los cuales fueron ubicados como cómplices.
Milton A., Jessica CH., Liberton C., Carlos G., Olga V. y Herrera recibieron una condena agravada de cuatro años y seis meses, mientras que Cifuentes, exasesor de Terán en el CJ, fue sentenciado a una pena reducida de 18 meses, debido a que se le tomó en cuenta la atenuante de haber entregado información relevante para la causa. Únicamente Andrés J. y Katherine L., también exservidores de la Judicatura, recibieron un sobreseimiento, es decir, se les ratificó su estado de inocencia.
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Para los nueve procesados, más allá de que hayan sido ubicados como autores o cómplices, a todos se les tomó en cuenta las agravantes contempladas en el artículo 47, número 5 y 7 del Código Orgánico Integral Penal (COIP): haber cometido la infracción con participación de dos o más personas y con ensañamiento en contra de la víctima.
En su momento, el fiscal general subrogante de la época Wilson Toainga aseguró haber demostrado la materialidad de la infracción y la responsabilidad de los nueve involucrados. En el juicio la Fiscalía presentó 22 pruebas testimoniales y 40 documentales.
Debido a que Wilman Terán ha indicado que es quien lleva su propia defensa legal no solo en Independencia Judicial, sino en otros casos que ha sido sentenciado (Metástasis y Pantalla) y es procesado (Vidrio Libre), alias Diablo, como se le conoce en el expediente de Metástasis, fue traído desde la Cárcel del Encuentro, en la provincia de Santa Elena, el 1 de enero pasado a Quito, a la denominada Cárcel 4.
El extitular del CJ ha alegado no solo que no puede acceder a las herramientas y al expediente para hacer una correcta defensa, sino también ha dicho que se encuentra afectado física y psicológicamente por circunstancias dadas en su traslado a la Cárcel del Encuentro y que eso podría afectar en el ejercicio de su defensa técnica. El traslado, según el conjuez ponente del Tribunal de Apelación, Juan Francisco Martínez, durará hasta la terminación de la audiencia en la capital.
Terán, el 12 de noviembre pasado, vía aérea y con un informe de seguridad del Servicio Nacional de Atención a Personas Privadas de la LIbertad (SNAI) fue llevado desde la Cárcel 4 a la recién construida Cárcel del Encuentro.
Estos exfuncionarios del CJ fueron condenados con base en un articulado que fue incorporado en un paquete de reformas al COIP en “materia anticorrupción” aprobadas por la Asamblea Nacional y publicadas el 12 de febrero de 2021 en el Registro Oficial. La obstrucción de la justicia fue incluida en el capítulo de los delitos contra la tutela judicial efectiva en el artículo 270.1, a continuación del artículo 270 que hablaba del perjurio y el falso testimonio.
El delito de obstrucción de la justicia quedaba sancionado con pena privativa de libertad de cinco a siete años y multa de 24 a 40 salarios básicos unificados. Se aclaraba que cometía este ilegalidad la persona que, mediante el uso de fuerza física, amenazas o intimidación, o la promesa, el ofrecimiento o la concesión de un beneficio, en todo tipo de procesos judiciales, ejecuta conductas como interferir ilegítimamente en la libertad de actuación de jueces, en este caso el entonces juez Macías, quien estaba a cargo del proceso judicial en el que ha sido llamada a juicio Barreno, el también exvocal del CJ Juan José Morillo y el expresidente de la Corte de Pichincha Vladimir Jhayya.
Ante la llegada a la Cárcel 4 de Wilman Terán ha empezado a circular información relacionada a que el exjuez de la CNJ y extitular de CJ estaría dispuesto a entregar información respecto a la corrupción que existe en el sistema de justicia ecuatoriano. Sobre ese tema no ha existido ningún pronunciamiento oficial de Terán y tampoco de las autoridades de la Fiscalía, instancia con la que procesados o personas investigadas que mantienen información deben hablar para alcanzar un acuerdo de cooperación eficaz.
De forma coincidente, el pasado miércoles, 14 de enero, la Fiscalía en su cuenta institucional de la red social X publicó un comunicado en el que recordó a la opinión pública que la cooperación eficaz constituye una herramienta jurídica fundamental dentro del sistema penal para la investigación y persecución de delitos de alta complejidad.
“Es una figura de carácter reservado (...) y permite a la Fiscalía llegar a acuerdos con personas procesadas o investigadas que deciden colaborar de manera voluntaria y comprobable con la justicia, aportando información relevante, veraz y oportuna, que contribuya al esclarecimiento de los hechos, la identificación de otros responsables y el desmantelamiento de estructuras criminales. Cabe destacar que se aplica bajo estrictos controles jurisdiccionales que garantizan la observancia de los derechos de las víctimas, el principio de proporcionalidad, la motivación de las decisiones y la debida valoración de la información aportada. Es decir, no aplica impunidad”, se indicó en el comunicado público. (I)