Con un proyecto de enmienda constitucional, la bancada oficialista Acción Democrática Nacional (ADN) busca modificar el artículo 35 de la Constitución de la República y quitar a las personas privadas de la libertad de los grupos de atención prioritaria.

La iniciativa fue presentada este lunes, 8 de diciembre, por la asambleísta Lucía Pozo (ADN), representante de Carchi.

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La legisladora explicó que el proyecto de enmienda tiene cuatro artículos, entre ellos quitar la palabra privados de libertad del artículo 35, que actualmente establece lo siguiente:

“Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado”.

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A la vez, la iniciativa pretende trasladar el artículo 51 de la Constitución, que reconoce siete derechos de los privadas de libertad, al artículo 78, referente a los derechos de protección especial a víctimas de infracciones penales a través de un sistema de protección y asistencia a víctimas, testigos y participantes procesales.

“Dentro de este artículo 78.1 se crea un nuevo numeral, será el numeral 8, en el cual se consagra el derecho de las personas privadas de la libertad, en lo que concierne a la dignidad humana, obviamente con las limitaciones definidas en la privación de la libertad”, puntualizó Pozo.

En resumen, la oficialista aclaró que lo que se busca es sacar del capitulado de derechos de personas y grupos vulnerables a los presos y trasladar sus derechos al capitulado de derechos de protección.

“Bajo ningún concepto estamos hablando de regresión de derechos”, precisó la asambleísta.

El oficialismo insiste en esta propuesta luego que el presidente Daniel Noboa afirmó que tras los resultados adversos del referéndum y consulta popular del 16 de noviembre pasado planteará reformas vía enmienda para que se tramiten en la Asamblea Nacional.

Aunque esta iniciativa no es nueva. Hace un año, en diciembre de 2024, la Corte Constitucional (CC) dictaminó que la vía de reforma parcial no es apta para tramitar esta misma modificación al artículo 35 de la Constitución, que en ese entonces presentó el presidente Daniel Noboa.

El organismo constitucional respondió que la propuesta no podía proceder debido a que un cambio en tal sentido incurría en la prohibición de restricción de derechos y garantías. Esto, en virtud de que menoscaba el reconocimiento de derechos de las personas privadas de libertad, debilita las obligaciones estatales como garante de sus derechos y contradice los principios establecidos en los numerales 4 y 8 del artículo 11 de la Constitución, que prohíben la restricción y la regresividad de los derechos, y también porque inobserva la prohibición de restricción de derechos de las garantías normativas, prevista en el artículo 84 de la Constitución.

El correísmo reaccionó a esta propuesta y anticipó que revisará el proyecto de enmienda. Juan Andrés González, coordinador encargado de la bancada de la Revolución Ciudadana (RC), dijo que los legisladores de la oposición analizarán lo planteado para emitir un criterio. “Si beneficia al pueblo ecuatoriano, estaremos a la vanguardia”, expuso González.

Aunque el legislador observó que el Ejecutivo “no ha aprendido nada de la respuesta del pueblo en las urnas”, proceso que se realizó el 16 de noviembre en el referéndum y consulta popular, y consideró que hay temas más importantes de los que preocuparse.

El proyecto de enmienda deberá ser conocido por el Consejo de la Administración Legislativa (CAL) y, de ser calificado, se remitirá a la Corte Constitucional. (I)