Jonathan Ocaña, uno de los dos ciudadanos que presentaron ante la Corte Constitucional (CC) demandas de inconstitucionalidad en contra del Decreto Ejecutivo 60, con el que el presidente Daniel Noboa fusionó seis ministerios y seis secretarías con otras carteras de Estado, entre ellas la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt), desistió de su acción constitucional.

El anuncio del desistimiento voluntario se dio a conocer públicamente este sábado, 16 de agosto, nueve días después de que fue planteada la demanda ante el más alto órgano de control e interpretación constitucional. El accionante señaló que la decisión ya ha sido informada a la CC a través de los canales correspondientes.

“La decisión de retirar la acción responde a un proceso de reflexión personal y no debe interpretarse como un cambio de postura sobre la importancia del respeto al marco constitucional y legal que regula el sistema de educación superior en el país”, sostuvo Ocaña en un escrito.

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La otra acción pública de inconstitucionalidad fue presentada por Pepa Marilú Pérez Rojas, el 8 de agosto pasado. Esta demanda también impugna exclusivamente la fusión de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt) al Ministerio de Educación.

Pérez Rojas presentó la demanda en representación de una persona de la tercera edad, interesada en ingresar al sistema de educación superior.

“Como persona adulta mayor que aspira a ingresar a la universidad, esta reorganización genera incertidumbre y posibles vulneraciones de derechos, por ejemplo: el derecho a la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación superior, derecho a la educación a lo largo de la vida, seguridad jurídica y confianza legítima, derechos de participación y calidad en la educación”, reza la acción de inconstitucionalidad.

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La accionante además alega que la fusión por absorción de la Senescyt al Ministerio de Educación constituye un cambio estructural profundo en la gobernanza del sistema de educación superior. (I)