El concepto básico que se aplica al momento de calcular la pensión jubilar mensual en Ecuador es el tiempo total de aportación y el nivel de ingresos obtenido durante la historia laboral.
Pero el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), organismo público que maneja las jubilaciones en el país, sí establece límites mínimos y máximos en el monto que se recibirá como pensión jubilar.
Esto se da sobre todo para limitar el monto máximo dentro del principio de solidaridad que rige al sistema de seguridad social nacional.
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Este último consiste en que todos los afiliados aportan en función de sus ingresos, pero todos reciben beneficios según sus necesidades, no según lo que han aportado individualmente.
En otras palabras, los que tienen más capacidad económica (aportan más) ayudan a financiar las prestaciones de quienes tienen menos.
Los trabajadores en actividad ayudan a sostener a los jubilados y los sanos contribuyen a cubrir los gastos de los que se enferman.
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Así funciona la base de la seguridad social del país determinada en el art. 367 de la Constitución vigente, en el que se indica que “la seguridad social se regirá, entre otros, por los principios de solidaridad, obligatoriedad, eficiencia y universalidad”.
Para calcular la pensión jubilar, el IESS toma los cinco mejores años de sueldos del afiliado, los promedia y los multiplica por un coeficiente para determinar cuánto le corresponde recibir al jubilado.
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Sin embargo, también existen mínimos y máximos de acuerdo con el tiempo de aportación y en función del salario básico unificado (SBU), que es de $ 470 en 2025.
Un afiliado que haya aportado al IESS durante 30 años, por ejemplo, deberá recibir un mínimo del 70 % de un SBU ($ 329). Si al aplicar la fórmula de cálculo sale un resultado menor a ese valor, esta persona recibirá automáticamente el mínimo establecido según los años de aportaciones que acumule.
Lo mismo al contrario. El máximo que se puede recibir con 30 a 34 años de aportes es el 450 % del sueldo mínimo, es decir, $ 2.115. Si al calcular resulta un monto mayor se fija el máximo según el rango de aportes.
El principio de solidaridad garantiza el acceso universal y equitativo a los servicios del sistema, lo cual sería imposible si cada persona solo recibiera lo que aportó. Además, permite que el sistema funcione como un mecanismo de redistribución y protección social.
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El IESS tiene los mínimos y máximos expresados en tablas disponibles en su portal digital.
Estas son las pensiones mínimas y máximas que puede obtener un jubilado en Ecuador
Mínimas
Años de aportación | Porcentaje del SBU | Valor mensual |
---|---|---|
Hasta 10 años | 50 % | $ 235 |
De 11 a 20 años | 60 % | $ 282 |
De 21 a 30 años | 70 % | $ 329 |
De 31 a 35 años | 80 % | $ 376 |
De 36 a 39 años | 90 % | $ 423 |
40 años y más | 100 % | $ 470 |
Máximas
Años de aportación | Porcentaje del SBU | Valor mensual |
---|---|---|
Hasta 10 años | 250 % | $ 1.175 |
De 15 a 19 años | 300 % | $ 1.410 |
De 20 a 24 años | 350 % | $ 1.645 |
De 25 a 29 años | 400 % | $ 1.880 |
De 30 a 34 años | 450 % | $ 2.115 |
De 35 a 39 años | 500 % | $ 2.350 |
40 años y más | 550 % | $2.585 |
Para recibir el porcentaje máximo del SBU que ofrece el IESS (550 % o $ 2.585 en 2025), el afiliado deberá haber aportado a la seguridad social por 40 años o más.
Sin embargo, solo haber aportado por 40 años o más no garantiza recibir la pensión máxima, pues dependerá del sueldo percibido a través de su historial laboral. (I)