Los periodistas también tienen una visa de la que pueden hacer uso para laborar en los Estados Unidos. Ese documento es la visa no inmigrante I, para los representantes de medios de comunicación extranjeros.

Las profesiones bajo esta categoría incluyen a reporteros, equipos cinematográficos, redactores y otras profesiones similares, destaca el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).

Publicidad

El site de la embajada estadounidense en Chile amplía sobre a quiénes incluye: reporteros, elencos de películas, editores de video tapes, empleados de compañías productoras independientes, periodistas free-lance que trabajan bajo contrato, y personas en ocupaciones similares.

Qué se requiere para aplicar a la visa I

Se puede ser elegible para la visa I si:

Publicidad

  • Representa a un medio de comunicación extranjero (prensa, radio, cine, u otro medio de información extranjero);
  • Va a Estados Unidos para desempeñarse únicamente en esa profesión; y
  • Tiene una oficina central en un país extranjero.

El periodista, indica el USCIS, “debe demostrar que es un representante auténtico de los medios de comunicación extranjeros cuyas tareas son esenciales para las funciones de su organización”.

Usted puede presentar una solicitud para una visa I en un consulado o embajada de Estados Unidos. Foto: Pexels/stevepb

¿Qué es la Visa U y para qué sirve? Estos son los cuatro requisitos para tramitarla

Trabajadores Free-lance

Los empleados de compañías productoras independientes y trabajadores de medios free-lance “pueden calificar para una visa-I si están trabajando bajo contrato en un producto que va a ser usado como valor noticioso o como un documental que no sea primordialmente para propósitos de entretenimiento o para publicidad”.

El empleado debe ser poseedor de credenciales emitidas por la Asociación de Periodistas Profesionales.

Los funcionarios consulares pueden solicitar ver dichas credenciales antes de adjudicar las visas I solicitadas.

Será el oficial consular en la embajada de Estados Unidos quien determinará si su tarea califica para obtener una visa de no inmigrante.

Esta es la poco conocida Visa R para trabajar en Estados Unidos ¿quiénes pueden solicitarla y cómo?

Cómo se solicita una visa I

Los pasos los explica el USCIS:

Usted puede presentar una solicitud para una visa I en un consulado o embajada de Estados Unidos con jurisdicción sobre su lugar de residencia permanente.

El Departamento de Estado determina el proceso de solicitud y tarifas de emisión de visas.

Foto: Pixabay/fredygudiel1

Como representante de un medio de comunicación extranjero, usted no podrá viajar a Estados Unidos y trabajar en su profesión sin tener una visa no inmigrante I, aun si es ciudadano de un país que participa en el Programa de Exenciones de Visa (VWP).

Si usted intenta viajar a Estados Unidos sin la visa apropiada, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) le negará la admisión en un puerto de entrada (aeropuerto, puerto marítimo o frontera).

En circunstancias limitadas usted podrá ser elegible a viajar con visa de visitante, si es representante de un medio de comunicación extranjero.

Esta es la visa que necesita para viajar a y desde los Estados Unidos cuando su destino final sea otra nación

La familia

Cualquier cónyuge e hijo(s) menores de 21 años puede(n) acompañar o unírsele a un no inmigrante I, señala el USCIS.

Desde Vargas Low Group indican que los cónyuges y/o hijos menores de 21 años que deseen acompañar o unirse al principal titular de visa en los Estados Unidos para la duración de su estadía requieren visas derivadas I-2.

Las parejas deben estar legalmente casadas para calificar para dichas visas derivadas. Se requerirá copia de un certificado de matrimonio y/o de certificado de nacimiento de sus hijos.

Para conocer más sobre los familiares de titulares de visas, aquí

Con información de USCIS, Embajada de EE UU en Chile y Vargas Law Group

(I)

Te recomendamos estas noticias