La colaboración de los guardias de seguridad privados con la Policía Nacional requiere de herramientas tecnológicas para mantener una conexión más fluida y directa.

John Garaycoa, uno de los miembros de la Asociación Nacional de Empresas de Seguridad Integral e Investigación (Anesi), plantea el uso de una aplicación digital mediante la cual se reporte los hechos delictivos, se envíe ubicaciones o se transmita información que pueda prevenir los delitos.

Aunque lo medular sería aprobar reformas legales que aumenten el margen de acción de los guardias y de las personas que tengan permiso para portar armas cuando están en medio de los ilícitos. “Así sea un delincuente, si lo mato voy preso, detenido, se abre un proceso legal penal totalmente engorroso y me cuesta el abogado. Sabemos que la ley es garantista para el delincuente”, asegura.

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La medida anunciada por el presidente de la República Guillermo Lasso sobre autorizar el uso del gas pimienta para defensa personal, ya estaba establecida en el Acuerdo Ministerial No. 270 de septiembre del 2016. En esta se determina el uso de aerosoles cuyo porcentaje de concentración de capsaicina (compuesto químico que irrita los ojos) del producto sea igual o menor al 1,3 %.

La disposición general tercera de la Ley de Vigilancia y Seguridad Privada, que data del 2003, también ya indica que “las compañías de vigilancia y seguridad privada prestarán colaboración inmediata a la Policía Nacional en apoyo a la seguridad ciudadana”.

Garaycoa propone que se disponga que los policías y militares usen 24/7 sus armas y reducir los impuestos que gravan los artículos y servicios de seguridad.

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Este es el número de empresas de seguridad privada y de guardias a los que Guillermo Lasso pide ayuda para combatir a la delincuencia en Ecuador

¿Cual es la visión del sector de la seguridad privada respecto al pedido presidencial de que los guardias colaboren con la Policía en el combate a la delincuencia en los alrededores de sus puestos de trabajo?

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Indistintamente del pedido las empresas de seguridad privada siempre apoyamos en todos los servicios, más aún cuando somos autorizados en el tema del permiso de operaciones y porte de armas. No obstante, el nivel de riesgo es mayor en la actualidad. He tenido casos de guardias que no quieren ser asignados a puestos de servicio conflictivos. Dos guardias se botaron porque no querían trabajar en un centro médico del sur de Guayaquil, que previamente había sido asaltado a mano armada varias veces, por el alto nivel de riesgo. Hay policías y militares que piden la baja por el nivel de riesgo. Nadie quiere asumir el riesgo, más allá de que sea un profesional. La piedra angular de la seguridad es la prevención y la exposición obviamente no es parte de ella. En el caso de la seguridad privada, quien paga es un cliente que quiere que sus guardias no se involucren, que no se produzca una balacera o se exponga al negocio por ayudar al del frente, desde la perspectiva de ellos.

¿A su criterio que falta por hacer antes de pedir una mayor colaboración de los guardias de seguridad?

Antes de solicitar el apoyo a la seguridad privada lo primero que debe hacer el presidente de la República es contar con los 90.000 miembros de la Policía y Fuerzas Armadas y hacer que ellos que están contratados y pagados por el Estado, que tienen las armas estatales, también den un servicio 24/7. Se permita que los policías y militares activos tengan su dotación del Estado, sus armas 24/7 en los traslados, cuando estén francos. Así, por cualquier situación que se presente, ellos que están llamados a dar la protección como tal, sean los primeros convocados. Todos guardias, civiles, todos queremos ser ojos, oídos y voces a favor de la seguridad ciudadana.

¿Qué herramientas se necesitan para una colaboración más efectiva de los guardias con la Policía?

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Una app a nivel nacional de seguridad donde podamos reportar en vivo y en directo las cosas que suceden desde el lugar mismo donde ocurren. Eso ayuda. Que nos den la oportunidad de pasar la ubicación. Si uno se comunica con el 911 para denunciar un ilícito, no se puede enviar la ubicación. No hay como comunicarse con el 911 a través de una videollamada para reportar. El Estado es el que tiene la obligación de dar protección por medio de sus organismos. Por más guayaquileño o quiteño que se sea, si estás parado siendo testigo de un ilícito, no sabes qué manzana o villa es, máximo el lugar general como Alborada o Samanes. Para que todos seamos ojos, oídos y voz se necesitan las herramientas necesarias.

Esto de que los guardias colaboren con la Policía no es nuevo. ¿No se ha hecho efectiva esta disposición que data del 2003?

Siempre ha estado efectiva, lo que queremos del presidente de la República es lo que en su momento hizo Álvaro Uribe cuando era primer mandatario de Colombia, y que es decretar el día nacional del guardia de seguridad, todos los apoyos que tendrá la seguridad privada, les pide que ayuden a cuidar el espacio adyacente, pero dio un soporte legal al tema y valorizó el trabajo que hace cada guardia. Si usted me lo pide a mí, diría un momentito, a mí me pagan como guardia de seguridad privado, no tengo nada que hacer con lo público. ¿Quién me va a respaldar a mí, la compañía, el Gobierno, el Estado, mañana que suceda algo, como matar a un ciudadano que pertenece a tal agrupación delictiva? Hasta la empresa de seguridad puede quedar en un conflicto por represalias.

¿Qué rol tendrán los guardias de seguridad privada ante un hecho delictivo?: esto dice el Decreto 707

¿Qué opina de la medida de que los civiles puedan portar armas (llevarlas consigo) para defensa personal?

En los tiempos de Rafael Correa (Acuerdo Interministerial 001 de junio del 2009) se dispuso la prohibición del porte de armas a los civiles, pero a renglón seguido se exceptúa de esa medida a las empresas de guardianía y seguridad privada legalmente constituidas, las que mantendrán la validez de los permisos otorgados por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. Más adelante, esta misma norma indica que los permisos que hubieran sido conferidos para el porte de armas se los reconocerá como tenencia exclusivamente. Entonces, las empresas de seguridad siempre hemos podido usar las armas en modalidad fija, móvil y para investigación. Y en el caso de los civiles en general, el permiso pasó de porte al de tenencia (en estos se permite tener y usar el arma en un lugar específico sin trasladarla). Tampoco es nuevo que se prohíba la fabricación de armas nacionales artesanales. Eso ya está vigente desde que se desmantelaron las armerías de Chimbo (en Chimborazo) y en otras ciudades hace unos cuatro años.

Lo nuevo entonces del Decreto Ejecutivo 707 es que ahora los civiles podrán portar el arma con ellos.

Lo nuevo es que después de que se cumplan los requisitos se permitirá el porte de armas a los civiles y a largo plazo porque hay escasez de armas en el mercado, son contados los importadores por lo que no crean que tengan en stock. Los requisitos definitivos aún no los sabemos, pero deben tener un sistema balístico, de identificación de personas y la aprobación del curso sobre el uso técnico y legal del arma. Así, la ciudadanía podrá saber en qué circunstancias puede utilizarla. Se dice vamos a abrir, con los controles del caso, los permisos de porte a la ciudadanía que cumpla los requisitos, pero no nos dicen en qué circunstancias se pueden usar.

¿Y cuándo pueden usar las armas los guardias o quienes tienen permiso de porte?

Deben existir tres cosas conjuntas: la flagrancia de 24 horas en continuidad (que se puede dar cuando tras un robo el guardia persigue al responsable hasta que lo alcanza), el uso progresivo de la fuerza y cuando está en riesgo la vida de alguien, las tres deben darse juntas, según indica la ley. Hay mucha tela por cortar en esos factores, quien sacó el arma primero, cómo fue, cuántos eran, si era de juguete o no. Muchas personas no saben eso, por eso hay que hacer un curso sobre el uso legal del arma. No es que el delincuente te roba el celular o la bolsa con dinero y tú puedes sacar el arma y disparar. Más barato me sale que me roben lo que me tengan que robar porque me meto en un problema legal. Así sea delincuente, si lo mato voy preso, detenido, se abre un proceso legal penal totalmente engorroso y me cuesta el abogado. Sabemos que la ley es garantista para el delincuente. Qué pasa si un delincuente va huyendo y en la huida, en moto o a pie, gira su brazo y la persona que se está defendiendo, ya sea policía, guardia o alguien autorizado al porte de armas, dispara, dirán que el tiro entra por la espalda y no fue en legítima defensa. La ley tiene que cambiar. Los permisos se tienen que otorgar actualmente con un seguro para daños a terceros o colaterales, porque aun siendo una persona que se la pesque cometiendo el delito y uno hace uso del arma, asumamos que herimos o esta muere, el seguro debe cubrir la herida al delincuente o la mortuoria de ser el caso.

¿Los guardias tienen la obligación de actuar cuando hay un ilícito en el perímetro adyacente al que custodian?

Eso no lo puede determinar ni el presidente (Lasso) porque si me contratas para que cuide una casa, tú como cliente, el que está pagando, define dónde daré el servicio, es guardia privado. Es una decisión personalísima el actuar o no, no me puede obligar ni el presidente, ni el ministro, ni la ley porque está en riesgo mi vida, mi situación legal al actuar en algo que no me compete. Si se mata a alguien, el guardia es el que va preso para investigación. Ellos no son Superman, ni el Hombre Araña. En cada puesto de servicio hay un guardia y los delincuentes mínimo actúan entre dos, normal cuatro, entonces siempre se estará en desventaja.

¿Por más que la disposición venga del dueño de la empresa de seguridad o del mismo cliente?

Quien se va preso el momento que hay muerte es el guardia. Y si sales a enfrentar, luego vienen las represalias de las organizaciones delictivas.

¿Qué medidas hacen falta para combatir la delincuencia?

Una medida sería rebajar los impuestos de todos los artículos y servicios de seguridad para motivar su contratación, esa sería una ayuda. Con lo que se dice ahora del gas paralizante, aumenta la demanda, todos salen a comprar y su precio, que por lo general está en 25 dólares, ahora seguramente está en 40 dólares. Nunca se ha necesitado un permiso para usar este gas, se lo puede comprar en cualquier tienda que vende artículos de seguridad, entonces para qué me dices que se autorizará si nunca se ha requerido esto (en el caso de las condiciones del producto establecidas en la normativa). Otra acción sería disponer que los policías y militares usen sus armas 24/7, las porten custodiando hasta como disuasión.

¿Cómo es el manejo de las armas por parte de los guardias?

El permiso que se otorga es a las compañías de empresas de seguridad. En los puestos que son 24/7 el arma queda en ese lugar, no tiene el guardia por qué llevarse el arma a su casa. Cuando es solo de día se cierra el local y también puede quedar allí si hay las condiciones o el supervisor pasa retirando. En la foto del permiso sale el sello de la compañía. Si esa persona deja de trabajar en esa empresa pues ya no cuenta con el permiso para portar armas. Se necesitan cosas nuevas y que aporten realmente a la seguridad ciudadana. En el tema de armas, las Fuerzas Armadas tienen la obligación por ley del control por aire, mar y tierra. Si a ellos se les pasó el control fronterizo y en carreteras, siguen teniendo la obligación de hacer los allanamientos que sean necesarios para despojar de las armas a los delincuentes. No necesitan ningún estado de excepción para que actúen en el control de las armas. Tienen que hacer barridos en determinados sectores para ubicar las armas ilícitas. Cuando le quitan el fusil al delincuente, este ya no puede delinquir. (I)