Mientras la Asamblea Nacional aprobaba el martes último reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) y al Código de la Niñez y Adolescencia (CONA), entre otras leyes, a través de la Ley de Integridad Pública, las alarmas internacionales se encendieron.
El mismo día, el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (Unicef, por sus siglas en inglés) advirtió que varios aspectos de esta ley, enviada por el régimen de Daniel Noboa al Legislativo, contravienen los estándares internacionales de protección de los adolescentes.
El penalista Julio César Cueva no solo coincide con esta crítica, sino que alerta sobre un retroceso en materia de justicia juvenil y seguridad jurídica.
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El cuestionamiento se centra especialmente en lo que concierne al endurecimiento de penas para adolescentes infractores, al casi duplicar el tiempo máximo de internamiento, que pasa de ocho hasta quince años para determinados delitos.
En el sistema ecuatoriano actual, los adolescentes —hombres entre 14 y 18 años, y mujeres desde los 12 hasta los 18 debido a diferencias en el desarrollo cerebral— eran sancionados con un máximo de ocho años, incluso en delitos graves.
“Ahora han subido a quince años. Prácticamente el doble. No solo es ineficaz, es violatorio del principio de proporcionalidad y de los convenios de derechos del niño”, explica.
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Entonces, para Cueva, las modificaciones violan convenios internacionales, contradicen la Constitución y debilitan gravemente la independencia del sistema judicial.
Según él, la Corte Constitucional bien podría declarar la inconstitucionalidad de los artículos referidos a los adolescentes infractores, en caso de que se presente una demanda.
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El incremento de las penas no solo es inconstitucional, afirma Cueva, sino también ineficaz frente al crimen organizado.
Nino Cassanello, abogado experto en derecho penal, explica que la crítica central de Unicef apunta a que ahora es obligatorio el internamiento para delitos con penas mayores a tres años (lo que hasta ahora era opcional).
El tiempo de internamiento aumenta de manera gradual conforme a la gravedad de las penas establecidas en el COIP, según la reforma aprobada.
“Se está atentando contra la progresividad y flexibilidad que debe tener el sistema de adolescentes infractores”, dice.
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La reforma también establece que los jóvenes deben cumplir toda la pena, incluso después de alcanzar la mayoría de edad.
Cassanello indica que esta reforma puede provocar un grave hacinamiento en los centros de adolescentes infractores, y que al mantener a los jóvenes con 25 años o más en esos centros, se genera una ficción jurídica peligrosa: “Vamos a tener adultos de 29 años cumpliendo medidas restrictivas de libertad para adolescentes”.
En casos específicos, como cuando hay un conflicto armado interno y son sentenciados por delitos graves como asesinato, sicariato y extorsión, los adolescentes que cumplan los 18 años terminarán la pena en los centros penitenciarios, es decir, serán transferidos a las cárceles para adultos.
“Esto es peor porque los mandan de la escuela a la universidad del crimen para que los terminen de entrenar como miembros de GDO (grupos de delincuencia organizada)”, sentencia Cueva.
Duplicar las penas no resuelve el problema: ‘Los adolescentes son desechables para el crimen organizado’
“El crimen organizado usa adolescentes como piezas fungibles, es decir, son desechables. Si meten preso a uno, lo reemplazan. No se va a desincentivar el uso de menores de edad para el cometimiento de delitos con penas más altas”, afirma Cueva.
Algunos de los adolescentes son reclutados por los GDO mediante amenazas y son vulnerables porque viven en condiciones de extrema pobreza.
“Son más fáciles de amenazar, de convencer, y son baratos. Si los matan, consiguen cinco más. Hay que ir a pasar quince días en Bastión Popular para ver cómo viven allá. Entonces, el Estado, que no les da oportunidades, ahora los sanciona más severamente por haber sobrevivido”, dice.
También sostiene que el enfoque debería haber sido científico y técnico, con informes de psicología y sociología, no simplemente penal.
“Esto no es un tema de poner penas por poner penas. El cerebro se desarrolla completamente recién a los 25 años. Los adolescentes no tienen aún la madurez, son más impulsivos. Hay una base biológica detrás que no se ha considerado”, agrega.
Incluso el tope de los 18 años de edad es arbitrario desde la psicología. “El cerebro se termina de desarrollar alrededor de los 25 años, por lo que la edad de los 18 ni siquiera es correcta”, explica.
‘No hay garantías de rehabilitación’
Tanto Cueva como Cassanello coinciden en que el sistema actual no está diseñado para rehabilitar. Cueva lo ejemplifica así: “Metes preso a un chico que arranca celulares y sale como sicario. Preferible que siga arrancando celulares en la esquina”.
Propone una alternativa: un modelo de internado educativo con incentivos por buen comportamiento, logros académicos y reinserción laboral. “Si vas a meterlos presos, dales una educación de primer nivel. Aísla al chico del mundo criminal y muéstrale que puede ser alguien valioso en la vida. Eso es rehabilitación”.
Cassanello, por su parte, cuestiona la ausencia de un enfoque científico y de salud mental en los centros.
“Hay chicos que han matado a sangre fría. Eso requiere una intervención integral. No sé si esos casos son salvables a corto plazo, pero sin terapia real, el reformatorio se vuelve una mini-Penitenciaría del Litoral”, señala.
En conclusión, los analistas coinciden en que la reforma al COIP y CONA duplica las penas para adolescentes sin analizar las causas estructurales de la criminalidad juvenil, expone a los jóvenes a entornos más violentos y debilita el sistema judicial. (I)