Si eres afiliado o jubilado del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, debes saber que a través del banco de esta entidad (Biess) puedes realizar préstamos quirografarios e hipotecarios, siempre y cuando cumplas con los requisitos.
Al momento de solicitar un préstamo, debes negociar con el Biess el número de cuotas mensuales para pagarlo, así como el valor de cada cuota, tomando en cuenta la tasa de interés que se calcula semestralmente.
Ten en cuenta que mientras mayor sea el pago mensual, más rápido saldrás de la deuda.
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Cuánto puedes prestar al BIESS si llevas aportando un año al IESS
Sin embargo, es posible que en algún momento necesites reducir la cuota mensual para cubrir otros gastos. Si este es tu caso, debes saber que el Biess permite reestructurar el préstamo para ajustarse a tu capacidad de endeudamiento.
Préstamos hipotecarios
“Si el afiliado o jubilado que haya adquirido un préstamo hipotecario y que, por motivo de caso fortuito o fuerza mayor, corra el riesgo de incumplir con las cuotas mensuales establecidas, el Biess le ofrece el servicio de refinanciamiento o reestructuración del préstamo”, explica la página web de la entidad.
Otra forma de reducir tu cuota mensual es abonando al préstamo. Este trámite lo puedes realizar de forma virtual en la plataforma del Biess; o presencial, en las ventanillas de servicio del Biess, solicitando un comprobante de pago por el monto que deseas abonar.
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Si el monto es mayor a $10.000 deberás presentar la documentación que respalde de donde proviene el dinero (ahorros, cobro de deudas, utilidades, venta de vehículo, etc.).
Así es la casa a la que se puede acceder con el nuevo crédito hipotecario del Biess
Préstamos quirografarios
Si tienes un préstamo quirografario puedes solicitar una novación del mismo, lo que te permite generar nuevas condiciones de financiamiento, como la ampliación del plazo de pago o la disminución de la cuota mensual.
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Sin embargo, la novación será aplicable solo cuando hayas cancelado como mínimo el 25 % del total de dividendos del crédito y no tengas planillas pendientes de pago.
Además, se rige según esta tabla:
<b>Tipo de Cliente</b> | <b>Número de Novaciones</b> |
---|---|
Afiliados | Hasta tres (3) novaciones por año fiscal |
Jubilados hasta 88 años de edad | Una sola novación por año fiscal |
Jubilados mayores a 88 años de edad | No se podrá realizar novaciones |
La novación puede solicitarse desde el sitio web del Biess, ingresando con tu usuario y contraseña.
Estas son las fechas de novación:
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- Para afiliados, del día 1 al 9 y del 13 al 26 de cada mes.
- Para jubilados o asegurados que cuenten con el rol de afiliado y jubilado pensionista, del día 1 al 3, 6 al 9 y del 13 al 26 de cada mes.
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