La posesión efectiva es un trámite legal que permite inscribir oficialmente a los herederos de una persona fallecida y registrar los bienes que forman parte de la herencia, siempre que no exista un testamento de por medio.
Su finalidad es que los beneficiarios puedan disponer de la masa hereditaria de manera legítima.
Este trámite está dirigido a toda persona natural o jurídica, ecuatoriana o extranjera, que tenga derecho a heredar bienes de un familiar fallecido.
Publicidad
También puede realizarse a través de un apoderado, siempre que cuente con un poder notariado o una carta de autorización.
Requisitos y pasos para el trámite
De acuerdo con el Portal Único de Trámites Ciudadanos, para inscribir la posesión efectiva se debe presentar:
- Acta notarial de posesión efectiva con declaración juramentada de los herederos o sentencia judicial.
- Certificado de gravamen o certificado de bienes otorgados por el Registro de la Propiedad.
- Partida de defunción del causante.
- Copia de cédula de los intervinientes.
- Pago a favor del GAD municipal del cantón Isidro Ayora.
En caso de que existan bienes inmuebles, es obligatorio adjuntar el certificado de gravamen correspondiente.
Publicidad
La solicitud puede presentarse de forma presencial en el Registro de la Propiedad y Mercantil del cantón Isidro Ayora o de manera virtual enviar los documentos al correo inforegistro@isidroayora.gob.ec. También se puede remitir la documentación por mensajería física.
El horario de atención presencial es de 08:00 a 17:00 en las oficinas ubicadas en la av. 30 de Julio y 22 de Noviembre, bajos del Palacio Municipal de Isidro Ayora.
Publicidad
Cuánto cuesta el trámite de posesión efectiva
El valor es de $ 40 por cada predio a inscribirse. Sin embargo, hay un error común que puede aumentar el precio del trámite.
Si el heredero no detalla correctamente todos los bienes inmuebles desde el inicio, deberá pagar nuevamente por cada inscripción adicional, lo que puede duplicar o triplicar el gasto.
Pero una vez completada la inscripción, la posesión efectiva tiene validez permanente, salvo que exista una resolución judicial o administrativa que la modifique. (I)