El límite de velocidad en la zona urbana de Quito para vehículos livianos y motocicletas es de 50 km/h. Las personas que excedan ese límite tendrán diferentes sanciones. Si la velocidad registrada va de 50 a 60 km/h, se sancionará con una multa.
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Desde el martes 30 de julio se iniciaron los controles sancionatorios en la capital.
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El límite de velocidad en la zona urbana de Quito para vehículos livianos y motocicletas es de 50 km/h. Las personas que excedan ese límite tendrán diferentes sanciones. Si la velocidad registrada va de 50 a 60 km/h, se sancionará con una multa.
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