La Superintendencia de Bancos y Seguros aseguró hace pocos minutos que a este organismo de control le corresponde la calificación de los vocales del Consejo Superior del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), mas no su designación. En este sentido, dijo, “luego de la recepción de las peticiones realizadas, procederá a la verificación de los requisitos previos”. Aclaró además que la designación de los nuevos miembros del Consejo Directivo del IESS le corresponde a “los organismos determinados en el decreto 571, suscrito el 3 de octubre”, por el presidente Guillermo Lasso.
Entre tanto, de acuerdo con las normas de control de la Superintendencia con respecto a la Seguridad Social, el ente tiene 10 días, a partir del 25 de octubre, para calificar a los representantes tanto de trabajadores como de empleadores que conformarán el Consejo Directivo del IESS. Esto sucede mientras hay varios temas pendientes de salud, recursos y administración que aguardan a la nueva conformación del ente tripartito que gobierno el IESS.
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Aunque en un principio se especulaba que las autoridades del IESS podrían pronunciarse acerca de la validez de las candidaturas, esta opción ya ha sido descartada por las propias autoridades de Seguridad Social. El tema ahora está en la cancha de la Superintendencia.
Es que además de haber entregado la documentación de sus candidatos en el IESS, los binomios que actualmente están en disputa para la vocalía de trabajadores: Ramiro García y Ramiro Beltrán respaldados por las centrales históricas y Richard Gómez y Mercy Maldonado, apoyados por la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) y otros sindicatos, también fueron presentados ante la Superintendencia de Bancos.
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Por ello, tal vez solo después de los 10 días plazo se conozca con certeza en qué terminará el actual enfrentamiento interno que existe entre facciones de las organizaciones de trabajadores, que no lograron ponerse de acuerdo y que han presentado dos candidaturas, en medio de acusaciones mutuas, sobre la falta de validez de la otra opción.
Sobre el tema, el presidente del Consejo Directivo del IESS, Alfredo Ortega, aseguró este miércoles durante la inauguración de la feria del IESS en Guayaquil, que como en todo proceso electoral hay unos que sostienen que son los que han ganado, y otros que sostienen que no debieron haber perdido. Explicó que el sector empleador en consenso ha elegido a su principal y a su suplente, pero no así los trabajadores, y dijo esperar que en los próximos días se pueda dilucidar quiénes son los representantes de esa vocalía.
El IESS está urgido de concretar la elección de los nuevos vocales, para a su vez poder proceder con una normalización de las actividades del Consejo Directivo, el cual no ha tenido sesiones mientras se realiza este proceso. Ortega dijo que dentro de la agenda pendiente deben trabajar para suplir una serie de falencias que ha tenido el IESS. Entre los temas, consideró que se deben resolver temas de salud, de falta de medicinas, citas oportunas, entre otros.
Entre tanto, el director del IESS, Diego Salgado ha indicado que, de manera personal, piensa que a quienes les corresponde certificar quiénes son los grandes electores o quiénes están inscritos y están validados como tales deberían ser el Ministerio de Educación para la Unión Nacional de Educadores (UNE), el Ministerio del Trabajo para las centrales sindicales y la Dirección Nacional del Seguro Social Campesino para las organizaciones de este seguro.
De acuerdo con Henry Llanes, representante de la Asociación de Afiliados y Jubilados del IESS de Pichincha, el problema del caos que ahora existe en la elección del vocal de los trabajadores tiene su origen en dos omisiones injustificables que hizo el presidente a la hora de expedir el decreto 571. Por un lado, se excluyó al Consejo Nacional Electoral (Código de la Democracia, artículo 25, numeral 20) para que organice el proceso de elección y evite el caos en la elección de los mencionados representantes; y, por otro lado, no se incluyó a veedurías de los afiliados y jubilados (dueños de las aportaciones) para que observen el proceso de elección.
Recordó que el 22 de marzo de 2016, la Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad diferida de los incisos segundo y tercero del artículo 28 de la Ley de Seguridad Social, es decir, la normativa para designar a los representantes de los asegurados y de los empleadores para que integren el Consejo Directivo del IESS: “dicha norma está en el limbo”, asegura. La sentencia de la Corte Constitucional del 22 de marzo de 2016 dispone que en la integración del Consejo Directivo del IESS se debe garantizar la participación e inclusión de todos los asegurados y empleadores bajo el principio de igualdad, dijo.