Los consumos que Xavier hizo con tarjeta de crédito cuando se fue al Mundial de Catar en el 2022 le han generado un impuesto a la salida de divisas (ISD) de $ 140 y recién se enteró la tarde de este jueves 22 de mayo del 2025.

A su correo le llegó la notificación del Servicio de Rentas Internas (SRI), indicándole que “ha superado los consumos o retiros exentos de ISD, como consecuencia, mantiene valores pendientes de pago por este concepto”.

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Ante ello, el SRI explica que ha emprendido un proceso de control para verificar el cumplimiento del pago de este impuesto correspondiente a los años fiscales 2022 y 2023.

Estos controles están dirigidos a los contribuyentes que superaron el monto exento de $ 5.109,79 anuales mediante consumos o retiros con tarjetas de crédito o débito realizados desde el exterior, y que no declararon ni pagaron el impuesto respectivo, indica la entidad.

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La normativa vigente establece que si una persona natural o sociedad excede el monto exento sin que se haya aplicado la retención automática por parte de la entidad emisora de la tarjeta, el titular principal está obligado a declarar y pagar el ISD directamente ante el SRI.

Para los periodos fiscales 2022 y 2023 el monto exento de ISD fue de $ 5.109,79. Si los consumos o retiros anuales superaron el monto señalado, se genera un valor de impuesto sobre cada transacción, considerando las siguientes tarifas:

  • De enero a marzo del 2022: el 4,75 %
  • De abril a junio del 2022: el 4,50 %
  • De julio a septiembre del 2022: el 4,25 %
  • De octubre a diciembre del 2022: el 4 %
  • Enero del 2023: el 4 %
  • De febrero a junio del 2023: el 3,75 %
  • De julio a septiembre del 2023: el 3,50 %

El director general del SRI, Damián Larco, explica que muchas de las diferencias detectadas se deben a que los contribuyentes usan múltiples tarjetas de crédito o débito de diferentes entidades bancarias para realizar consumos en el exterior, pues cuando se excede el límite con una entidad, esta aplica la retención correspondiente; sin embargo, los otros emisores no cuentan con esa información, por lo que no retienen el impuesto.

Y recuerda que los consumos realizados con tarjetas adicionales se atribuyen al titular principal de la cuenta, quien es considerado el responsable del pago del impuesto.

Para facilitar el cumplimiento voluntario de esta obligación, el SRI emitió la Resolución n.° NAC-DGERCGC25-00000009, en la que se establece que los contribuyentes que aún no han declarado el ISD correspondiente a los años 2022, 2023 y 2024 podrán regularizar su situación tributaria de manera acumulada por cada año fiscal a través de SRI en línea, utilizando el Formulario Múltiple de Pagos con el código 4580, hasta el 30 de junio del presente año.

El ISD actualmente es del 5 % y se aplica a toda transferencia, envío o traslado de divisas al exterior, ya sea en efectivo, cheques, transferencias electrónicas, retiros o pagos con tarjetas. (I)