Las empresas y personas naturales que son empleadores deben presentar en enero ante el Servicio de Rentas Internas (SRI) el Anexo de Retenciones en la Fuente bajo Relación de Dependencia (RDEP).
En este anexo se reporta la información de las retenciones de impuestos aplicadas a los ingresos percibidos por sus trabajadores durante el ejercicio fiscal 2025.
Estos son los plazos para la presentación del anexo del periodo 2025:
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- Si el noveno dígito del RUC es 1: 21 de enero
- Si el noveno dígito del RUC es 2: 23 de enero
- Si el noveno dígito del RUC es 3: 25 de enero
- Si el noveno dígito del RUC es 4: 27 de enero
- Si el noveno dígito del RUC es 5: 29 de enero
- Si el noveno dígito del RUC es 6: 31 de enero
- Si el noveno dígito del RUC es 7: 1 de febrero
- Si el noveno dígito del RUC es 8: 3 de febrero
- Si el noveno dígito del RUC es 9: 5 de febrero
- Si el noveno dígito del RUC es 0: 7 de febrero
De acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley de Régimen Tributario Interno, los empleadores deberán entregar a sus trabajadores el comprobante de retención por ingresos en relación de dependencia durante el mes de enero de cada año, en relación con los ingresos obtenidos durante el año precedente.
Esto corresponde al Formulario 107. (I)
















