Las compañías que son sujetos obligados y que deben cumplir con la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de otros Delitos que deben registrar a su Oficial de Cumplimiento (OC) tendrán 20 días, a partir de la notificación del oficio emitido por la Dirección Nacional de Prevención de Lavado de Activos, para realizar la calificación del mismo.
Así lo recordó la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) este miércoles, 11 de febrero, a través de un comunicado, en el que señaló que la calificación se debe realizar a través del portal web supercias.gob.ec, de acuerdo con el noveno dígito de su RUC.
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La entidad indicó que para el proceso de calificación en línea las compañías deberán ingresar al sistema con el usuario y clave del representante legal únicamente en el día asignado siguiendo el cronograma:
- Lunes: 0 y 1
- Martes: 2 y 3
- Miércoles: 4 y 5
- Jueves: 6 y 7
- Viernes: 8 y 9
La Superintendencia advirtió que el no designar al oficial de cumplimiento (OC) incurre en una infracción grave, cuya multa es de 11 a 20 salarios básicos unificados (SBU) -de $ 5.302 a $ 9.640- conforme lo dispone la Ley. Asimismo, el incumplimiento en la designación del OC constará en el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones (CCO).
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En el siguiente enlace podrá acceder a la guía de usuario sobre este proceso: https://appscvsmovil.supercias.gob.ec/guiasUsuarios/images/guias/societa rio/cal_of_cum/cal_of_cum.pdf
Además, las consultas serán atendidas a través del correo electrónico prevencion@supercias.gob.ec. (I)