Los contribuyentes que tengan deudas pendientes con el Servicio de Rentas Internas (SRI) podrán acceder a un nuevo proceso de remisión tributaria que se incorporó en la Ley Orgánica de Integridad Pública, aprobada por la Asamblea Nacional el martes, 24 de junio.
La amnistía tributaria consta en la disposición transitoria decimotercera, la cual establece que se perdonará el 100 % de intereses, multas, costas y recargos sobre el capital pagado.
El beneficio aplica para aquellas obligaciones tributarias que no han sido pagadas al SRI hasta el 31 de diciembre de 2024, según el texto.
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Para hacer efectiva la remisión, los contribuyentes deberán pagar total o parcialmente el capital de los valores pendientes hasta el 31 de diciembre de 2025.
Es decir que la remisión estará abierta para lo que resta del año.
Además, comprende las costas procesales, cauciones o afianzamientos que se hubieren generado a cargo del contribuyente, señala la norma.
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Por otro lado, se establece que, si antes de la entrada en vigor de esta ley el contribuyente realizó pagos que sumados equivalgan al capital de la deuda, quedarán remitidos los intereses, multas y recargos restantes.
Si dichos pagos exceden el monto del capital de la obligación, no constituirán pago indebido o pago en exceso, precisa la ley.
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Adicionalmente se indica que el SRI podrá emitir normativa secundaria para la aplicación del proceso.
Dado que la ley no contiene el procedimiento específico que deberán seguir los contribuyentes, se espera que el SRI detalle cómo será el trámite una vez que la ley entre en vigencia.
Los tributos que administra el Servicio de Rentas Internas son el impuesto al valor agregado (IVA), el impuesto a los consumos especiales (ICE), el impuesto a la salida de divisas (ISD) y el impuesto a la renta único para exportadores de banano.
También administra el impuesto a la renta, pero la ley precisa que no se podrán acoger a la remisión obligaciones relacionadas con el tributo del año 2024.
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De momento, la ley aprobada por la Asamblea Nacional pasó a manos del presidente de la República, Daniel Noboa, para su conocimiento.
Si el mandatario no tiene observaciones al contenido, enviará el documento para su publicación inmediata en el Registro Oficial, como ha ocurrido con otros cuerpos legales que también han sido impulsados por el Ejecutivo.
No es la primera vez que se aprueba una ley con una amnistía tributaria, ya sea de manera general o para grupos específicos.
Este Gobierno y Administraciones pasadas han impulsado el perdón de ciertas obligaciones con el fin de acceder a recursos de manera más rápida. (I)