Si bien el sector de la medicina prepagada muestra un crecimiento moderado en términos de ingresos y empleo, persisten obstáculos estructurales que limitan la competencia efectiva y afectan negativamente a los usuarios.

Entre los principales problemas detectados se destacan que los clientes estarían enfrentando costos de cambio elevados, la falta de información clara y accesible sobre primas y condiciones contractuales; y los extensos períodos de carencia, que dificultan la movilidad entre operadores.

Esta problemática detectada es parte de un informe técnico elaborado por la Superintendencia de Competencia Económica (SCE), a través del cual se emitieron recomendaciones orientadas al mercado de seguros de salud y medicina prepagada en el Ecuador.

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El análisis revela la existencia de posibles barreras económicas que restringen el ingreso de nuevos competidores, afectando la apertura y equidad del mercado.

Las recomendaciones están dirigidas a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS), el Ministerio de Salud Pública y a la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada (ACESS).

A la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, se recomendó:

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  • Impulsar reformas legales que viabilicen la portabilidad de seguros, preservando los beneficios previamente adquiridos por los usuarios
  • Exigir sustento técnico y financiero debidamente documentado para justificar recargos en primas, así como mayor transparencia en su cálculo. 
  • Registrar a las reaseguradoras que operan en el país, a fin de evitar distorsiones en los costos operativos. 
  • Reformar el reglamento vigente para incorporar de manera expresa la obligatoriedad de contratar mecanismos de reaseguro por parte de las compañías de medicina prepagada. 
  • Revisar los montos mínimos de capital social, con el objetivo de armonizar las exigencias regulatorias entre compañías de seguros de salud y de medicina prepagada. 
  • Informar individual y confidencialmente a cada cliente, por medios electrónicos o físicos, sobre las variables que determinan las primas aplicables a sus contratos.  

Para el Ministerio de Salud Pública las recomendaciones son las siguientes:

  • Reconocer el tiempo de carencia ya transcurrido cuando los usuarios realicen modificaciones a sus contratos, hayan o no cumplido el período estipulado para enfermedades preexistentes. 
  • Revisar el período de carencia de 24 meses aplicable a enfermedades preexistentes, con miras a facilitar la movilidad entre prestadores y mejorar las condiciones de competencia.  

Mientras, que a la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada (ACESS) se insta a:

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  • Revisar, en coordinación con la SCVS, el número y las características de los planes actualmente aprobados en los ramos de seguros médicos y medicina prepagada, con el propósito de evaluar la aplicación del principio de mínima diferenciación. 
  • Incluir en los contratos la denominación, nivel y categoría de los prestadores, y exigir que dichos establecimientos se identifiquen de forma clara, visible y accesible al público con su denominación oficial registrada ante la autoridad sanitaria competente.  

Mientras, la SCE propone la conformación de mesas técnicas interinstitucionales para coordinar, planificar y ejecutar acciones que viabilicen la implementación de estas recomendaciones.

Estas acciones se derivan del Estudio de Mercado sobre Seguros con Cobertura de Asistencia Médica y Medicina Prepagada, correspondiente al expediente Nro. SCE-IGT-INAC-3-2023. (I)